- Ana Alicia Delgado Tapia, asesinado el 03-07-1984, de la región Metropolitana, militante del PC, 29 años de edad.
- Juan Manuel Varas Silva, asesinado el 03-07-1984, de la región Metropolitana, militante del MIR, 37 años de edad.
(El 3 de julio de 1984, en un enfrentamiento sucesivo, según se informó oficialmente, fueron muertos en Callejón Lo Ovalle Ana Alicia DELGADO TAPIA, ingeniero agrónomo, militante del Partido Comunista y Juan Manuel VARAS SILVA, mecánico, militante del MIR. Esa versión oficial indica que horas después del enfrentamiento anterior y continuando con las diligencias tendientes a esclarecer recientes atentados en el Callejón Lo Ovalle al llegar a la altura del ochocientos, al realizar un allanamiento, se enfrentaron con tres hombres y una mujer a raíz de lo cual murieron Juan Varas y Ana Delgado. Los antecedentes reunidos por esta Comisión y considerando especialmente la falsedad de la versión oficial en cuanto a la forma en que murieron Enzo Muñoz y Héctor Sobarzo, le permitieron a la Comisión adquirir la convicción de que ambos fueron ejecutados por agentes estatales, quienes violaron así sus derechos humanos).
- Enzo Muñoz Arevalo, asesinado el 03-07-1984, de la región Metropolitana, militante del PC, 30 años de edad.
(Según versión oficial, «El 2 de julio a las 23.50 horas personal de la CNI detectó la presencia de sospechosos que se movilizaban en un vehículo en la Avenida José Pedro Alessandri a metros de la Rotonda Departamental. Desde su interior los sospechosos dispararon contra los efectivos de seguridad los que repelieron el ataque generándose un enfrentamiento que culminó con la muerte de Enzo Muñoz y Héctor Sobarzo.» La versión oficial no es veraz de acuerdo a los antecedentes reunidos, especialmente las declaraciones de testigos que señalan que a las 23:30 horas Enzo Muñoz y Héctor Sobarzo estacionaron el vehículo en el que se movilizaban en la Rotonda Departamental frente al conjunto habitacional Don Camilo, bajándose el segundo para hablar por teléfono. En ese momento aparecieron numerosos vehículos con personal de civil armado quienes dispararon contra Enzo Muñoz y detuvieron con vida a Héctor Sobarzo, lo introdujeron a un vehículo y más allá le dispararon. La Comisión, considerando los antecedentes reunidos, ha llegado a la convicción de que las víctimas fueron ejecutadas por efectivos de la CNI, considerando sus muertes como violaciones a los derechos humanos de responsabilidad de agentes estatales).
- Ruben Alejandro Contreras Grandon, asesinado el 03-07-1986, de la región Metropolitana, sin militancia, 18 años de edad.
(Rubén Alejandro CONTRERAS GRANDON, de 18 años de edad, en la tarde del 3 de julio se encontraba en Avenida Américo Vespucio con Rojas Magallanes (Santiago) cuando fue alcanzado por una bala en la espalda. Falleció a causa de una «herida de bala torácico abdominal». Las versiones recibidas en la Comisión coinciden en que se produjo un intenso tiroteo en el lugar de los hechos, donde actuaron agentes del Estado, pero no permiten precisar el origen del disparo mortal. Sin embargo, los hechos y su contexto permiten a esta Comisión formarse convicción que Rubén Alejandro Contreras cayó víctima de la violencia política del período).
- Carlos Patricio Dall Orso Badilla, asesinado el 03-07-1986, de la región de Valparaíso, militante del MIR, 36 años de edad.
(Carlos Patricio Dall Orso Badilla murió ese día a las 19:10 horas, en el Hospital Gustavo Fricke de Viña del Mar, por paro cardíaco, septicemia, según acredita el Certificado Médico de Defunción suscrito por el médico tratante. Según declaraciones de testigos, Carlos Dall Orso, militante socialista y posteriormente del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), fue detenido por primera vez el 13 de septiembre de 1973 en su lugar de trabajo, por efectivos del Ejército pertenecientes al Regimiento de Quillota. Como él mismo relatara a su familia, fue torturado y golpeado en la espalda y el abdomen. Debido a los culatazos que recibió en el rostro, sufrió fractura de mandíbula y pérdida de visión en un ojo. En el año 1977 – ya vinculado al MIR – fue detenido por agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), los que lo sometieron a reiterados malos tratos y tortura: aplicación de electricidad, colgamiento de las muñecas y golpes con sacos de arena. Permaneció recluido durante más de una semana en el subterráneo del Cuartel de Investigaciones de Valparaíso y posteriormente fue trasladado a la Cárcel de Valparaíso; al ingresar a este recinto apenas caminaba y escupía y orinaba sangre. Fue puesto a disposición de la Fiscalía Naval de ese puerto, acusado de infringir la Ley de Seguridad del Estado, y estuvo preso siete meses. Cuando salió en libertad, su estado físico era grave. Según informes médicos, sufría una insuficiencia renal crónica, la que llegó a estado terminal en 1986, época en que Carlos Dall Orso debía dializarse dos o tres veces a la semana, a la espera de ser sometido a un trasplante renal. Fue detenido nuevamente en abril de 1986 y conducido a la Cárcel de Quillota, pero debido a su estado de salud, debió ser trasladado al Hospital Gustavo Fricke de Viña del Mar. El 30 de mayo fue sometido a una intervención quirúrgica por una úlcera gástrica, en la que se le detectó un cáncer. La libertad se le concedió días antes de su fallecimiento. Considerando los antecedentes reunidos por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que la enfermedad que causó su muerte fue influida decisivamente por las reiteradas torturas a que fue sometido durante sus detenciones y a la falta de asistencia médica oportuna. Por ese motivo, declaró a Carlos Patricio Dall Orso Badilla víctima de violación de derechos humanos).
- Francisco Humberto López Zúñiga, asesinado el 03-07-1986, de la región Metropolitana, sin militancia, 19 años de edad.
(Francisco Humberto LOPEZ ZUÑIGA, de 19 años de edad, por la tarde del 3 de julio se encontraba en la calle, en la población Oscar Bonilla (Santiago), cuando fue alcanzado por una bala, falleciendo poco tiempo después en el hospital. Testimonios conocidos por la Comisión señalan que los disparos fueron efectuados por efectivos que se movilizaban en un camión militar. Las circunstancias sobre si había o no incidentes o disturbios son confusas, pues hay versiones contradictorias no comprobadas. Estos testimonios y la consideración general sobre el procedimiento empleado por los militares durante este Paro Nacional, llevan a esta Comisión a formarse la convicción que Francisco López fue víctima de violación a los derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado, quienes hicieron un uso excesivo de la fuerza).
- Ernesto Igor Ríos Céspedes, asesinado el 03-07-1986, de la región Metropolitana, sin militancia, 18 años de edad.
(Ernesto Igor RIOS CESPEDES, 18 años de edad, estudiante de la carrera de Dibujo Técnico de la Universidad Católica, en la mañana del 3 de julio se encontraba en la vía pública en la población La Legua (Santiago), cuando fue alcanzado por una bala que le atravesó la cabeza. Falleció a causa de un «traumatismo cráneo encefálico por bala, con salida de proyectil». Testigos señalaron que los disparos fueron efectuados contra un grupo de personas por efectivos militares. No es posible determinar con precisión las otras circunstancias del hecho, pero la forma de muerte por bala, las declaraciones de testigos, y el contexto general de patrullaje por militares, permiten tener la convicción que Ernesto Igor Ríos fue víctima de violación a su derecho a la vida cometida por agentes del Estado que hicieron uso excesivo de la fuerza).
- José Eduardo Valdivia Valenzuela, asesinado el 03-07-1986, de la región Metropolitana, sin militancia, 17 años de edad.
(José Eduardo VALDIVIA VALENZUELA, de 17 años de edad, soltero, obrero y estudiante de 4º año enseñanza media en una Escuela Nocturna, el 3 de julio participaba en una barricada-fogata en la esquina de calles Lucero y La Estrella (Santiago) cuando fue alcanzado por una bala que le provocó la muerte. Las versiones conocidas por la Comisión permiten establecer que se disparó directamente contra manifestantes, pero no es posible dilucidar el origen de los disparos. Por eso, a esta Comisión le asiste la convicción que José Eduardo Valdivia fue víctima de violación a los derechos humanos cometida por particulares que actuaron bajo pretextos políticos, presumiblemente contrarios a la jornada de protesta).