Un 17 de Septiembre, recordamos a todas las y los compañeros caídos, pero le rendimos un especial homenaje a: Santiago Aguilar Duhau, Arturo Chacón Salgado, Joel Fierro Inostroza, Juan Francisco Neicul Maripán, Martín Núñez Rosas, Guillermo Ernesto Peters Casas, René Nolberto Salgado Salgado, José Mateo Segundo Vidal Panguilef y Santiago Domingo Aguilar Duhau, todos pertenecientes a la comuna de OSORNO, Carlos Zapata Águila, de la comuna de SAN PABLO y Mario Sandoval Vásquez, de la comuna de RIO NEGRO.

  • Santiago Domingo Aguilar Duhau, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de OSORNO – militante del PC, 41 años de edad.

El 19 de septiembre de 1973 desapareció desde la 3a Comisaría de Carabineros de Rahue, de la ciudad de Osorno, Santiago Domingo AGUILAR DUHAU, 41 años, Gobernador de La Unión, contador, militante comunista. El 17 de septiembre el afectado fue a la Comisaría mencionada a obtener un salvoconducto para el traslado de menaje de su domicilio, acompañado por una persona. En dicho lugar quedó detenido. Por el testimonio de numerosos detenidos se ha determinado que Santiago Aguilar permaneció en la Comisaría de Rahue hasta el día 19 de ese mismo mes, cuando a las 2:00 horas de la madrugada fue sacado de su celda e introducido en un furgón. Desde ahí, no se ha vuelto a saber de él, no habiendo podido determinarse su destino y suerte. La Comisión tuvo la convicción que la desaparición de Santiago Aguilar constituyó una violación de sus derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado, en mérito de lo siguiente: – Es un hecho comprobado el arresto del afectado, su permanencia en la comisaría indicada y su salida del lugar el día 19; – Consta que tras lo señalado no se ha vuelto a tener noticias de él; – Todos los intentos de la Comisión de obtener información sobre su caso de parte de las autoridades y funcionarios policiales de la época fueron infructuosos, no recibiéndose colaboración de ellas.

 

  • Nelson Cristian Almendras Almendras, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región del Biobío, militante del PC, 22 años de edad.
  • Juan de la Cruz Briones Pérez, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región del Biobío, sin militancia, 28 años de edad.
  • Victoriano Lagos Lagos, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región del Biobío, sin militancia, 35 años de edad.
  • José Ricardo López López, asesinado el 17-09-1973, de la región del Biobío, sin militancia, 32 años de edad.

 

El día 17 de septiembre son detenidos por carabineros de El Alamo, cuatro personas, todos trabajadores de la Hacienda Las Canteras: -Nelson Cristian ALMENDRAS ALMENDRAS, 22 años, obrero agrícola -Juan de la Cruz BRIONES PEREZ, 28 años, obrero agrícola -Victoriano LAGOS LAGOS, 35 años obrero agrícola -José Ricardo LOPEZ LOPEZ, 32 años obrero agrícola y simpatizante de la Unidad Popular. La autoridad policial, según declaran sus familias, les informó que fueron trasladados al regimiento de Los Angeles, sin embargo, en ese recinto no se reconoció la detención. Según informes de testigos la patrulla de carabineros llevó a los detenido hacia el Río Laja inmediatamente después de la detención, y regresó luego sin ellos. Hasta la fecha se desconoce sus paraderos. Estando acreditada la detención y posterior desaparición de Nelson Almendras, Juan Briones, Victoriano Lagos y José Lopez, a esta Comisión le asiste la convicción de que todos ellos fueron víctimas de graves violaciones a los derechos humanos de responsabilidad del estado, por acción de sus agentes.

 

  • Luis Alfredo Almonacid Arellano, asesinado el 17-09-1973, de la región de O´Higgins, militante del PC, 42 años de edad.

 

El 17 de septiembre de 1973 fue muerto Luis Alfredo ALMONACID ARELLANO, de 42 años, profesor y dirigente del magisterio, ex candidato a Regidor y militante del Partido Comunista. Antecedentes y testimonios recogidos por esta Comisión señalan que el afectado fue detenido en su domicilio en la ciudad de Rancagua por efectivos de Carabineros el día 16 de septiembre de 1973. En el trayecto entre su residencia y el furgón policial, fue ametrallado por sus captores. Carabineros trasladaron a la víctima al Hospital de Rancagua, donde falleció al día siguiente a causa de heridas a bala. Teniendo a la vista los antecedentes expuestos, la Comisión adquirió la convicción que Luis Almonacid fue ejecutado por agentes del Estado al margen de todo proceso y ello representa una violación de los derechos humanos de la víctima.

 

  • Roberto Enrique Anfrens Fuentes, asesinado el 17-09-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 26 años de edad.

 

Roberto Enrique Anfrens Fuentes murió ese día a las 5:30 horas, en la población Los Nogales, por traumatismo cráneo encefálico y torácico por heridas de bala, según consigna el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con lo declarado por su cónyuge, el 16 de septiembre, alrededor de las 17:30 horas, Roberto Anfrens salió de su domicilio, ubicado en el sector de Plaza Almagro, en dirección a la población Los Nogales, comuna de Estación Central, por motivos de trabajo. Al día siguiente, fue avisada por una amiga de la familia que su cadáver se encontraba en el Zanjón de La Aguada, junto a otros tres cuerpos, adonde concurrió y verificó el hecho. Pese a que esta Corporación no logró determinar las circunstancias precisas de su fallecimiento, el Consejo Superior, considerando especialmente la fecha, lugar y causa de su muerte, declaró a Roberto Enrique Anfrens Fuentes víctima de la violencia política imperante.

 

  • Pablo Ramón Aranda Schmied, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, militante del PC, 20 años de edad.

 

Pablo Ramón ARANDA SCHMIED, de 20 años, estudiante de la Facultad de Medicina de la Universidad de Chile, sede Occidente, miembro de la Federación de Estudiantes y militante de las Juventudes Comunistas; fue hecho desaparecer el 17 de septiembre desde la casa de estudios superiores. Fue detenido el 17 de septiembre en las dependencias del Hospital San Juan de Dios, en un operativo llevado a cabo por efectivos del Regimiento Yungay de San Felipe. Probablemente permaneció en el recinto educacional anteriormente indicado. Testigos han señalado a esta Comisión haberlo visto en un sitio eriazo de calle San Pablo, altura 7000, al cual fue conducido con otros detenidos por efectivos militares que señalaron lo iban a ejecutar. Estando establecidas las circunstancias de la detención y testigos que lo vieron en manos de sus captores, esta Comisión ha logrado formarse la convición, que Pablo Ramón Aranda Shmied fue hecho desaparecer y presumiblemente ejecutado por agentes del Estado quienes violaron sus derechos humanos.

 

  • José Gilberto Araneda Riquelme, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región del Biobío, sin militancia, 28 años de edad.
  • José Rafael Zúñiga Aceldini, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región del Biobío, sin militancia, 49 años de edad.
  • José Secundino Zúñiga Aceldini, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región del Biobío, sin militancia, 51 años de edad.

 

El 17 de septiembre se presentaron voluntariamente a la unidad policial de Santa Bárbara tres personas, todos obreros agrícolas del asentamiento Monte Verde: -José Gilberto ARANEDA RIQUELME, 28 años. -José Segundino ZUÑIGA ACELDINI, 51 años. -José Rafael ZUÑIGA ACELDINE, 49 años. El 18 de septiembre carabineros informó a sus familiares que habían sido trasladados al Regimiento de Los Angeles, sin embargo hasta la fecha todos ellos permanecen desaparecidos. La Comisión se ha formado convicción que en la desaparición de José Gilberto Araneda y de los hermanos José Segundino y José Rafael Zúñiga se ha producido una violación de los derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado, en consideración a las razones generales respecto a lo ocurrido en esta localidad y a que puede tenerse la detención de ellos como un hecho cierto y a que no es aceptable que los aprehensores no den explicación satisfactoria y verosímil sobre el destino y la suerte de personas arrestadas por ellos mismos.

  • Lucio José Bagus Valenzuela, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, militante del PS, 43 años de edad.

 

Lucio José BAGUS VALENZUELA, de 43 años, empleado de servicio del Hospital San Juan de Dios y militante del Partido Socialista, desapareció el 17 de septiembre. Fue detenido ese día en el Hospital San Juan de Dios, por efectivos militares del Regimiento Yungay de San Felipe. Permaneció recluido, probablemente, en el Internado Nacional Barros Arana y posteriormente, de acuerdo declaraciones de testigos verosímiles, conducido a un sitio eriazo ubicado a la altura del 7000 de la calle San Pablo. Considerando el mérito de los antecedentes, en especial el hecho de la detención y permanencia en recintos de reclusión, esta Comisión ha estimado que José Lucio Bagús Valenzuela fue hecho desaparecer y presumiblemente ejecutado por agentes del Estado con violación de sus derechos humanos.

 

  • Manuel Briceño Briceño, asesinado el 17-09-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 42 años de edad.

 

Manuel BRICEÑO BRICEÑO, empleado de servicio no especializado del Hospital San Juan de Dios, fue ejecutado el 18 de septiembre. Fue detenido el día 17 de septiembre junto a otros funcionarios, al interior del servicio hospitalario, por efectivos militares pertenecientes al Regimiento Yungay de San Felipe. Se desconoce el lugar en que estuvo recluído, presumiblemente en el citado centro educacional. Fue ejecutado al día siguiente de su detención; y de acuerdo a la autopsia practicada, «el occiso fue trasladado desde la vía pública hasta el Instituto (Instituto Médico Legal) » y la causa de su muerte es «múltiples heridas de bala tóraco abdominales complicadas». Considerado las circunstancias de su detención, la causa de su muerte y la forma en que fue encontrado su cuerpo, esta Comisión se ha formado la convicción que Manuel Briceño Briceño fue ejecutado sin proceso y justificación alguna, por agentes del Estado, quienes violaron su derecho a la vida.

 

  • Elba Burgos Sáez, detenida desaparecida el 17-09-1973, de la región del Biobío, militante del PS, 29 años de edad.

 

Elba Burgos Sáez fue detenida durante la tercera semana de septiembre de 1973 por efectivos de Carabineros de Santa Bárbara y desde esa fecha se desconoce su paradero. De acuerdo con lo declarado por sus familiares y testigos, Elba Burgos era una reconocida dirigente social y secretaria comunal del Partido Socialista en Santa Bárbara. Aproximadamente la tercera semana de septiembre de 1973, fue detenida en la vía pública por carabineros y trasladada al recinto policial de esa localidad; permanece desaparecida desde entonces. Después de su detención, varios de sus familiares fueron hostigados y detenidos debido a sus militancias políticas. En virtud de los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación junto, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Elba Burgos Sáez fue detenida por agentes del Estado y desapareció mientras la mantenían en esa calidad. Por tal razón, la declaró víctima de violación de derechos humanos.

 

  • Pedro Antonio Cerda Zúñiga, asesinado el 17-09-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 33 años de edad.

 

Pedro Cerda Zúñiga, simpatizante de la Unidad Popular, fue detenido ese día, en su lugar de trabajo, Fundo Cerrillos, ubicado cerca del túnel Lo Prado, comuna de Curacaví, por una patrulla militar que, luego de ejecutarlo, abandonó el lugar. Se pudo establecer judicialmente, mediante declaraciones prestadas por testigos presenciales en un proceso por presunta desgracia, que dos días después de la ejecución, el cuerpo de Pedro Cerda, con impactos de bala en la espalda, fue encontrado por otros trabajadores en un sector del fundo donde trabajaba. Posteriormente, este predio pasó a ser propiedad de Carabineros. Los restos de Cerda Zuñiga fueron sepultados cerca de allí, por orden de unas personas con uniforme militar que concurrieron al lugar y dijeron ser del Instituto Médico Legal. En esta inhumación ilegal participaron también el administrador del fundo y Carabineros de Curacaví. Por orden del Tribunal se han realizado excavaciones en el sector donde habría sido inhumado su cuerpo, sin obtenerse hasta ahora la ubicación precisa de los restos. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada, el Consejo Superior llegó a la convicción de que, no obstante que sus restos no han sido ubicados, Pedro Antonio Cerda Zúñiga fue detenido por agentes del Estado y ejecutado al margen de proceso legal. Por tal razón, lo declaró víctima de violación a los derechos humanos.

 

  • Arturo Chacón Salgado, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de OSORNO – militante del PS, 40 años de edad.
  • Carlos Zapata Águila, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de SAN PABLO – militante del PS, 28 años de edad.
  • René Nolberto Salgado Salgado, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de OSORNO – sin militancia, 27 años de edad.

 

 

Entre los días 14 y 17 de septiembre de 1973 cuatro personas fueron detenidas por efectivos de Carabineros y conducidas a la unidad policial de la localidad de San Pablo: Mario Armando OPAZO GUARDA, 20 años, campesino, jefe de propaganda de la Juventud Comunista de la Comuna de San Pablo. Fue detenido en el domicilio de una amiga en el sector Estación Trumao el día 14 de septiembre; René Nolberto SALGADO SALGADO, 27 años, obrero agrícola, dirigente del Sindicato Bernardo O’Higgins. Fue detenido en su domicilio ante testigos el día 17 de septiembre; Carlos ZAPATA AGUILA, 28 años, campesino, presidente Comunal del Partido Socialista de San Pablo. Fue detenido el mismo 17 de septiembre, ante testigos, cuando llegaba a la casa patronal del Fundo santa Margarita; Arturo CHACON SALGADO, 40 años, agricultor, dirigente del Sindicato Unión Campesina y militante socialista. Se presentó voluntariamente a dicha unidad policial el 17 de septiembre, luego que efectivos de Carabineros habían concurrido hasta su domicilio a buscarlo, cuando él no estaba. En la Unidad policial San Pablo, los detenidos fueron vistos por testigos, sin embargo no fue reconocida oficialmente su permanencia en dicho recinto y todos ellos permanecen hasta la fecha desaparecidos. Estando acreditadas sus detenciones por efectivos de Carabineros, su permanencia en un recinto policial y considerando que de ninguno de ellos se ha tenido noticias posteriores, la Comisión se formó convicción que Mario Opazo, René Salgado, Carlos Zapata y Arturo Chacón fueron hechos desaparecer por agentes del Estado quienes violaron sus derechos humanos.

 

  • José Abel Coronado Astudillo, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región del Biobío, sin militancia, 20 años de edad.

 

El 17 de septiembre de 1973 fue detenido en su domicilio ubicado en la Central El Abanico, José Abel CORONADO ASTUDILLO, 20 años, obrero de Empresa Nacional de Electricidad (Endesa). Los aprehensores eran carabineros del sector El Abanico. Las autoridades policiales señalaron a su familia que había sido trasladado al Regimiento de Los Angeles. En el Regimiento se le informa a la familia que José Coronado se encontraba allí, ante lo cual durante un mes le llevaron útiles de aseo; sin embargo, tiempo después se niega su estadía en dicho recinto. Hasta la fecha permanece desaparecido. La Comisión se ha formado convicción que la desaparición de José Coronado constituye una violación a los derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado. Se basa esta convicción en que está acreditado su arresto y en que no es aceptable la falta de explicaciones de la autoridad que lo tenía bajo su control acerca de su destino.

 

  • José Rosa Devia Devia, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 27 años de edad.
  • Juan Dagoberto Fernández Cuevas, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, militante del PS, 24 años de edad.
  • Miguel Alberto Fernández Cuevas, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, militante del PS, 22 años de edad.

El 17 de Septiembre de 1973, la empresa ELECMETAL había reiniciado sus actividades después de los sucesos acaecidos el 11 del mismo mes. Ese mismo día los trabajadores reiniciaron sus labores, ello de acuerdo a la solicitud hecha por las nuevas autoridades. Alrededor de las 10:00 horas del día anteriormente indicado, se hizo presente en la empresa un contingente de carabineros y militares, quienes en forma selectiva procedieron a detener a algunos de los trabajadores. Las detenciones decían relación con los cargos que a la fecha ocupaban en el sindicato de la empresa y en el llamado Cordón Industrial Vicuña Mackenna, sector geográfico en el que se ubicaba la empresa. La detención se produjo en presencia de los ejecutivos, dueños de la empresa y de los demás trabajadores, entre los cuales se encontraba un hermano de dos de las víctimas. Las personas detenidas en este operativo, de acuerdo a los testimonios y otros antecedentes aportados a esta Comisión, son: -Augusto Andino ALCAYAGA ALDUNATE, de 42 años, quien se desempeñaba como contador general de la empresa y era a su vez el Presidente del sindicato. Militaba en el Partido Radical; -José Rosa DEVIA DEVIA, de 27 años, soldador, dirigente sindical de la empresa; -Juan Dagoberto FERNANDEZ CUEVAS, de 24 años, obrero, Secretario del sindicato y del Cordón Industrial Vicuña Mackena. Militaba en el Partido Socialista; -Miguel Alberto FERNANDEZ CUEVAS, de 22 años, obrero, Coordinador del sindicato, militante del Partido Socialista; -José MALDONADO FUENTES, 33 años, soldador. De acuerdo a testimonios y otros antecedentes recibidos por esta Comisión, las cinco personas fueron detenidas al interior de la empresa ELECMETAL, por un contingente integrado por carabineros y militares. Fueron conducidos dos vehículos distintos, uno de los cuales pertenecía a ELECMETAL. Se desconoce el recinto al que son conducidos y donde fueron ejecutados. Sus cuerpos fueron encontrados en la vía pública y remitidos al Instituto Médico Legal por carabineros del Retén Macul. La fecha de sus muertes corresponde al día 17 de septiembre entre las 10:50 horas y las 06:30 horas del día 18 de septiembre, siendo la causa de la muerte en todos los casos, múltiples heridas a bala. Considerando las circunstancias de su detención, la causa de su muerte y que los cuerpos fueron remitidos al Instituto Médico legal por carabineros, esta Comisión se formado la convicción que Augusto Andino Alcayaga Aldunate, José Rosa Devia Devia, Juan Dagoberto Fernández Cuevas, Miguel Alberto Fernández Cuevas y José Maldonado Fuentes, fueron ejecutados por agentes del Estado, constituyéndose una violación a sus derechos fundamentales al margen de todo proceso y justificación.

 

  • Joel Fierro Inostroza, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de OSORNO – militante del PS, 50 años de edad.
  • Martín Núñez Rosas, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de OSORNO – militante del PS, 33 años de edad.

 

El 18 de septiembre de 1973 fueron ejecutadas en el puente colgante sobre el rio Pilmaiquén, cuatro personas, que hasta esa fecha permanecían detenidas en la Unidad de Carabineros de Entre Lagos: Luis Sergio AROS HUICHACHAN, 24 años, obrero, socialista; Joel FIERRO INOSTROZA, 50 años, obrero maderero, ex regidor de Entre Lagos, socialista; José Ricardo HUENUMAN HUENUMAN, 30 años, Regidor de Entre Lagos, socialista; y Martín NUÑEZ ROSAS, 33 años, casado, funcionario de la ECA, militante del Partido Socialista. Los cuatro fueron detenidos por personal de Carabineros de Entre Lagos, junto a la Alcaldesa de la ciudad, el día 17 de Septiembre de 1973 y llevados al cuartel policial, donde se dejó en un calabozo a los 4 hombres y en otro la Alcaldesa. Alrededor de la 00:10 horas del día 18 de septiembre de 1973, todos fueron sacados de los calabozos hacia la calle, donde se encontraron con una fila de individuos vestidos de civil, de negro, con máscaras de vampiro cubriéndoles los rostros. Los detenidos fueron subidos a un vehículo de propiedad de un civil de la zona y conducidos hacia el Río Pilmaiquén, cerca de Osorno. En ese lugar, los hicieron bajar del furgón y entrar al puente, primero la Alcaldesa y tras ella, los otros cuatro. Allí, los cinco, arrodillados y mirando hacia el río, fueron ejecutados cada uno por un individuo que se ubicó detrás de cada cual y cayeron a las aguas. La Alcaldesa logró salir con vida al no ser herida mortalmente y poder nadar por el río hasta un lugar no vigilado. Los cadáveres de los otros cuatro jamás fueron hallados. Es convicción de la Comisión que la muerte de Luis Aros, Joel Fierro, José Huenumán y Martín Nuñez constituyó una grave violación a los derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado o de civiles que actuando bajo el amparo o por orden de aquellos, les ejecutaron al margen de toda legalidad. Son circunstancias de convicción las siguientes: – El testimonio de la sobreviviente de la ejecución; – Otros testimonios que confirman el hecho de la detención de los afectados y su permanencia en el cuartel policial de Entre Lagos; – La circunstancia de que no exista explicación alguna de la autoridad policial sobre estos hechos y que en el proceso judicial seguido por una Ministro en Visita, no se contara con colaboración efectiva de esa misma autoridad.

 

  • Carlos Fonseca Faúndez, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 25 años de edad.

 

Carlos Fonseca Faúndez fue detenido ese día en su domicilio ubicado en la población Nueva Matucana en la comuna de Quinta Normal, por efectivos militares. Desde entonces se desconoce su paradero. De acuerdo con lo declarado por familiares, alrededor de la 1:00 hora del 17 de septiembre de 1973, en circunstancias que Carlos Fonseca participaba en una discusión familiar, fue detenido por efectivos militares. Estos, al llevárselo, aseguraron a la familia que sería liberado al día siguiente. Al no regresar al hogar comenzaron a buscarlo en distintos lugares, sin obtener resultado alguno. Las denuncias interpuestas ante la Justicia fueron sobreseidas sin que se estableciera su paradero o suerte. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Carlos Fonseca Faúndez fue hecho desaparecer por agentes del Estado, mientras lo mantenían privado de libertad. Por tal razón, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.*

────────────────────────
* Con posterioridad a la calificación de este caso, con fecha 29 de octubre de 1993, el Vigésimo Segundo Juzgado del Crimen de Santiago, en la investigación que instruye por inhumación ilegal en el Patio Nº 29 del Cementerio General, estableció que el Protocolo de Autopsia Nº 2929/73, atribuido a un «NN masculino», correspondía a Carlos Fonseca Faundez y ordenó inscribir la defunción a su nombre y entregar sus restos a su familia. En el Certificado Médico de Defunción, también atribuido a un «NN masculino», consta que murió a las 15:00 horas del 17 de septiembre de 1973, en la vía pública por heridas de bala facio craneana y torácica.

 

  • José Domingo Gómez Concha, asesinado el 17-09-1973, de la región del Biobío, sin militancia, 17 años de edad.

 

El 17 de septiembre de 1973 fueron muertos por una pareja de carabineros de Cobquecura, en su domicilio común, José René GOMEZ VELASQUEZ, 38 años, agricultor y su hijo de 17 años de edad, José Domingo GOMEZ CONCHA, estudiante, ambos sin militancia política. Testigos múltiples, verosímiles y concordantes declaran que no existió provocación alguna por parte de las víctimas. Los autores de las muertes obligaron a los familiares a enterrarlos en el plazo de dos horas, sin permitir que un médico certificara las muertes, por lo que ambos cuerpos fueron sepultados de inmediato en Cobquecura por los propios familiares. Más tarde, se les trasladó al cementerio de Quirihue. La Comisión se formó la convicción que en la especie existió un caso grave de abuso de poder posiblemente carente de connotación política, que constituye una violación a los derechos humanos específicamente el derecho a la vida de responsabilidad de agentes del Estado.

 

  • José René Gómez Velásquez, asesinado el 17-09-1973, de la región del Biobío, sin militancia, 42 años de edad.

 

El 17 de septiembre de 1973 fueron muertos por una pareja de carabineros de Cobquecura, en su domicilio común, José René GOMEZ VELASQUEZ, 38 años, agricultor y su hijo de 17 años de edad, José Domingo GOMEZ CONCHA, estudiante, ambos sin militancia política. Testigos múltiples, verosímiles y concordantes declaran que no existió provocación alguna por parte de las víctimas. Los autores de las muertes obligaron a los familiares a enterrarlos en el plazo de dos horas, sin permitir que un médico certificara las muertes, por lo que ambos cuerpos fueron sepultados de inmediato en Cobquecura por los propios familiares. Más tarde, se les trasladó al cementerio de Quirihue. La Comisión se formó la convicción que en la especie existió un caso grave de abuso de poder posiblemente carente de connotación política, que constituye una violación a los derechos humanos específicamente el derecho a la vida de responsabilidad de agentes del Estado.

 

  • Raúl del Carmen Lazo Quinteros, asesinado el 17-09-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 38 años de edad.
  • Orlando Enrique Pereira Cancino, asesinado el 17-09-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 31 años de edad.
  • Pedro Luis Ramírez Torres, asesinado el 17-09-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 34 años de edad.

 

El 17 de septiembre de 1973, se produjo la ejecución de cuatro personas que se presentaron voluntariamente a la Sub Comisaría de Carabineros de Paine. Se trata de: Orlando Enrique PEREIRA CANCINO, 32 años, casado, agricultor, sin militancia política; Raúl del Carmen LAZO QUINTEROS, 38 años, agricultor; Pedro Luis RAMIREZ TORRES, 34 años, agricultor; Carlos CHAVEZ REYES, casado, agricultor, sin militancia política. Se presentaron al cuartel indicado a raíz de una citación practicada por Carabineros a través del Presidente del Asentamiento Paula Jaraquemada, ex fundo San Francisco de Paine. En ese recinto quedaron detenidos. De acuerdo a testimonios verosímiles recibidos, los detenidos fueron sacados en la madrugada del 18 de septiembre, por un grupo de Carabineros y civiles, y llevados en un vehículo tipo furgón escoltado por varios vehículos particulares hasta el cerro Collipeumu, donde los hicieron bajar con las manos en alto, procediendo a disparar sobre ellos. Los cuerpos fueron lanzados al río del mismo nombre. Los cadáveres, que fueron hallados en el río, presentaban numerosos impactos de bala en el cuerpo. Algunos de ellos habían sufrido mutilaciones en partes del cuerpo y no tenían ojos. Con fecha 20 de septiembre de 1973 se practicó la autopsia de los cuerpos y en cada caso se concluyó que la causa de la muerte fueron las heridas de balas. Todo lo anterior permite a esta Comisión formarse convicción que los detenidos fueron ejecutados por agentes del Estado, acompañados de civiles, violando así sus derechos humanos.

 

  • Bernardo Samuel Meza Rubilar, detenida desaparecida el 17-09-1973, de la región del Biobío, militante del PS, 46 años de edad.

 

En Polcura, el día 17 de septiembre fue detenido por efectivos de carabineros, Bernardo Samuel MEZA RUBILAR, 46 años, jefe de obras y capataz de la casa de máquinas de la Empresa Nacional de Electricidad (Endesa) y militante del Partido Socialista. Fue luego trasladado a las dependencias policiales El Abanico. Se desconoce si fue llevado a otro lugar. Las autoridades militares no reconocieron la detención. Por razones similares a los casos precedentes, esta Comisión se ha formado la convicción de que en la desaparición de Bernardo Samuel Meza hubo responsabilidad de agentes del estado que violaron sus derechos humanos.

 

  • Juan Francisco Neicul Maripán, asesinado el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de OSORNO – sin militancia, 39 años de edad.

 

Juan Francisco Neicul Maripán, obrero, 39 años, falleció en Osorno, Décima Región, el 17 de septiembre de 1973. El día de los hechos el afectado se dirigía a su domicilio en horas del toque de queda cuando fue interceptado por una patrulla militar, siendo golpeado y obligado a correr hasta que cayó exhausto. Al ser obligado a ponerse de pie y no poder hacerlo, recibió un disparo en el abdomen, falleciendo en el Hospital Base de Osorno. De acuerdo a los antecedentes recabados, esta Comisión se formó convicción de que la muerte de Juan Francisco Neicul Maripán fue producto de la acción de agentes del Estado.

 

  • Mario Samuel Olivares Pérez, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región del Biobío, militante del PS, 27 años de edad.
  • Luis Leopoldo Sepúlveda Núñez, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región del Biobío, militante del PC, 27 años de edad.

 

 

Villa Los Canelos

En la localidad de Villa los Canelos, ubicada en la zona cordillerana cerca de Antuco, existen numerosos casos de personas que se encuentran actualmente desaparecidas y cuya desaparición se vincula a la actuación de carabineros de Antuco y de El Abanico, como también a la actuación de efectivos militares pertenecientes al Regimiento de Los Angeles y civiles de la zona. El día 17 de septiembre de 1973 fue detenido por carabineros de Antuco, Mario Samuel OLIVARES PEREZ, 27 años, obrero de la Empresa Nacional de Electricidad (Endesa), militante del Partido Socialista y Dirigente Vecinal. Luego de aprehendido fue trasladado al recinto de carabineros del lugar en el cual testigos lo vieron en las caballerizas y en muy mal estado físico. Los familiares declaran que allí se les informó que había sido trasladado al regimiento de Los Angeles dos días después de su arresto, lo cual fue negado en este recinto militar. La prensa local del día 14 de enero de 1977 informa que habría sido fusilado junto a otras dos personas. Hasta la fecha no hay certificación oficial de su muerte ni entrega de su cuerpo. El mismo día 17 de septiembre se presentó voluntariamente a carabineros de Antuco, Luis Leopoldo SEPULVEDA NUÑEZ, 27 años, obrero de la Empresa Nacional de Electricidad (Endesa), Central El Toro y militante del Partido Comunista. Las autoridades policiales señalaron a los familiares que había sido trasladado al regimiento de Los Angeles; en este recinto se negó su detención. La Comisión se formó la convicción de que los dos casos presedentes, las desapariciones de Manuel Olivares y Luis Sepúlveda son de responsabilidad de agentes del estado, dado que sus detenciones deben estimarse como verdaderas, que la falta de explicaciones razonables de las distintas autoridades acerca del destino y suerte de los arrestados no son aceptables y que días después se producen otras detenciones y desaparecimientos de iguales características en relación con el mismo cuartel policial.

 

  • Guillermo Ernesto Peters Casas, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de OSORNO – militante del PC, 19 años de edad.

El 17 de septiembre de 1973 fue detenido por una patrulla de carabineros de la Comisaría de Rahue, Guillermo Ernesto PETERS CASAS, 19 años, chofer de un diputado comunista y militante de ese mismo Partido. El día indicado, a las 15.00 horas, el grupo policial llegó hasta el domicilio del afectado, donde un familiar les informó que éste se encontraba en casa de su hermana, en Chahuilco, fundo El Cobre. Allí fue detenido por la misma patrulla y llevado en una camioneta del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) hasta la Comisaría de Rahue. Tras ellos iba la Citroneta de propiedad del detenido conducida por un carabinero, vehículo que fue encontrado a los pocos días, abandonado en el camino a Murrinumo, cerca de un puente. En cuanto al destino y suerte de la víctima nada se supo desde esa fecha, siendo negada su presencia en los distintos centros de detención de la Región. La Comisión se formó convicción que la desaparición de Guillermo Peters se produjo después de haber sido detenido por agentes del Estado, constituyendo tal hecho una violación a los derechos humanos. Se basa tal convicción en: – Encontrarse suficientemente acreditada la detención del afectado; – Constar que tras ello, el arrestado desapareció sin que se sepa su destino y suerte definitiva; – La circunstancia de que su vehículo, en el que se había traslado al lugar en que fue aprehendido, apareció abandonado días mas tarde y fue visto cuando era manejado por un funcionario policial; – El hecho que las reiteradas peticiones de información sobre estos hechos dirigidas a la autoridad policial no tuvieron respuesta.

 

  • Adan Antonio Riquelme Pacheco, asesinado el 17-09-1973, de la región Metropolitana, militante del PC, 43 años de edad.

 

RIQUELME PACHECO, ADAN ANTONIO: 43 años, casado, maestro pintor, ejecutado el 17 de septiembre de 1973 en Santiago. RIQUELME PACHECO, FRANCISCO JOSE: 37 años, soltero, maestro pintor, ejecutado el 21 de septiembre de 1973 en Santiago.

RIQUELME PACHECO, JAIME BENJAMIN: 40 años, soltero, trabajador, ejecutado el 21 de septiembre de 1973 en Santiago. Los hermanos Adán Antonio, Francisco José y Jaime Benjamín Riquelme Pacheco murieron en los días señalados, en la vía pública, por múltiples heridas de bala con salida de proyectil, según consta en sus Certificados Médicos de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con testigos presenciales, Adán Riquelme fue detenido por Carabineros el 17 de septiembre de 1973, en el interior de la población La Palmilla, donde vivía. Otros testigos presenciales declararon que Francisco y Jaime Riquelme fueron detenidos alrededor de la misma fecha, en su domicilio de la población Quinta Bella, por efectivos de Carabineros, quienes buscaban a los sobrinos de éstos, los hermanos Waldo Antonio y Roberto Adán Riquelme Avilés. Al no encontrar a los buscados, se los llevaron detenidos a ellos. Días después, los cuerpos de los tres hermanos fueron encontrados por familiares en el Instituto Médico Legal. Al mes siguiente, Roberto Adán Riquelme Avilés fue detenido y ejecutado extrajudicialmente por Carabineros, junto con sus amigos Juan Carlos Ulloa y Alejandro Ramiro Bravo Vega. Todos ellos fueron declarados víctimas de violación de derechos humanos por esta Corporación. Y al año siguiente, Waldo Antonio Riquelme Avilés fue detenido y ejecutado extrajudicialmente por efectivos del Ejército. Su caso fue conocido por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y declarado víctima de violación de derechos humanos. Considerando los antecedentes reunidos y las investigaciones realizadas, el Consejo Superior llegó a la convicción de que los hermanos Adán Antonio, Francisco José y Jaime Benjamín Riquelme Pacheco fueron ejecutados extrajudicialmente por agentes del Estado mientras los mantenían privado de libertad. En tal virtud, los declaró víctimas de violación de derechos humanos.

 

  • Mario Sandoval Vásquez, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de RIO NEGRO – militante del PC, 35 años de edad.

El 7 de octubre de 1973 desapareció desde la Comisaría de Rio Negro, Mario SANDOVAL VASQUEZ, 35 años, Regidor de Río Negro, militante comunista, empleado. Mario Sandoval había sido detenido el 17 de septiembre de 1973, en el domicilio de su suegro, en Rio Negro, y llevado a la Comisaría de esa ciudad. Ese mismo día fue trasladado al Regimiento Arauco de Osorno, luego a la Cárcel de la misma ciudad y por último al Estadio Español, recinto desde donde fue sacado junto a otros detenidos por agentes del Estado el día 7 de octubre de 1973, perdiéndose desde entonces todo rastro de él. La familia señala que en la Fiscalía Militar de Osorno se les informó que había quedado en libertad el 28 de septiembre de 1973, pues la causa rol Nº 1.436 73 seguida en su contra había sido sobreseída. Sin embargo, en el expediente respectivo consta que sólo fue sobreseída el 15 de octubre de 1973. La Comisión se formó convicción que en la desaparición de Mario Sandoval hubo responsabilidad de agentes del Estado que lo detuvieron al salir de su lugar de reclusión y le hicieron desaparecer, con violación de sus derechos fundamentales. Se funda tal convicción en lo siguiente: – La detención y procesamiento del afectado están debidamente acreditadas; – Testimonios verosímiles señalan que Sandoval fue retirado de su lugar de reclusión por Carabineros de Rio Negro; – La falta de respuesta a las peticiones de la Comisión a las autoridades policiales requiriendo explicación sobre este hecho.

 

  • Alamiro Segundo Santana Figueroa, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región del Biobío, militante del PS, 23 años de edad.

 

El 17 de septiembre en la central El Abanico fue detenido Alamiro Segundo SANTANA FIGUEROA, 23 años, trabajador ocasional y militante de la Juventud Socialista. Fue aprendido por carabineros de El Abanico, recinto en el cual, según declaraciones, fue trasladado al regimiento Los Angeles y posteriormente fue muerto a consecuencia de las torturas recibidas. Hasta la fecha no hay versión oficial acerca de su suerte o paradero. La Comisión se ha formado la convicción de que la desaparición de Almiro Santana constituye violación a los derechos humanos de responsablidad de agentes del Estado, en consideración a que su arresto, por las circunstancias antes narradas, puede ser considerado un hecho cierto ya que no es aceptable la falta de explicaiones de la autoridad acerca de su destino.

 

  • Juan Segundo Utreras Beltrán, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 23 años de edad.

 

El día 17 de septiembre de 1973 desapareció Juan Segundo UTRERAS BELTRAN, de 23 años, comerciante ambulante. Antecedentes y testimonios recogidos por esta Comisión señalan que fue detenido en su domicilio, el día 17 de septiembre de 1973, en horas de toque de queda, por una patrulla de militares en su domicilio de la comuna de Cerro Navia. Atendida la existencia de testigos presenciales de la detención y haber tenido a la vista otros antecedentes, esta Comisión se ha formado la convicción que Juan Segundo Utreras Beltrán fue detenido y hecho desaparecer por agentes del Estado.

 

  • José Mateo Segundo Vidal Panguilef, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de OSORNO – militante del PS, 26 años de edad.

El 19 de septiembre de 1973 fueron ejecutados en el puente sobre el Rio Pilmaiquén, por carabineros pertenecientes a la Comisaría de Rahue, en Osorno, Raúl SANTANA ALARCON, 29 años, auxiliar de la Universidad de Chile, sede Osorno; Dirigente vecinal, Presidente del Comité de pobladores sin casa y militante del Partido Socialista. José Mateo VIDAL PANGUILEF, 26 años, obrero, militante socialista. El día 16 de septiembre de 1973 por un Bando emitido por radio se llamó a presentarse a ambos ante las nuevas autoridades. Al día siguiente, horas después de que fueran allanados sus domicilios, decidieron presentarse y, en compañía de la cónyuge de Santana, se dirigieron al domicilio de un oficial de la Tercera Comisaría de Rahue, Osorno. Este los dejó en su casa de calle Manuel Rodríguez, de la ciudad de Osorno. Desde allí fueron trasladados a la Tercera Comisaría de Rahue, donde fueron vistos por testigos entre el 17 y 19 de septiembre de 1973. El día 19 fueron sacados de dicha unidad policial y conducidos al puente sobre el Río Pilmaiquén, lugar donde se les dio muerte mediante disparos que carabineros les hicieron, tras hacerlos correr. Los cuerpos de Santana y Vidal fueron encontrados en el mes de enero de 1974 en el Río Pilmaiquén. La Comisión se formó convicción que José Vidal y Raúl Santana fueron ejecutados al margen de toda legalidad, por agentes del Estado constituyendo ello una grave violación a sus derechos fundamentales. Tal convicción se funda en lo siguiente: – Que está acreditado suficientemente el arresto de los afectados y su permanencia en la Comis

 

  • José Luis Tito Villagrán Villagrán, asesinado el 17-09-1973, de la región del Biobío, simpatizante del PS, 53 años de edad.

 

José Luis Tito VILLAGRAN VILLAGRAN, 53 años, pensionado de las Fuerzas Armadas y simpatizante del Partido Socialista. Con posterioridad a su detención la familia fue avisada desde el hospital de Los Angeles que había llegado a dicho recinto en estado grave con impactos de bala y heridas cortopunzantes en la cara. El día 17 de septiembre fallece en el hospital, a causa de «peritonitis generalizada ruptura del intestino delgado y grueso». Su familia pudo reconocer y sepultar su cuerpo.

 

  • Mamerto Eulogio Espinoza Henríquez, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, militante del MIR, 26 años de edad.

 

El mismo 17 de septiembre fue detenido en una oficina del centro de Santiago el militante del MIR Mamerto Eulogio ESPINOZA HENRIQUEZ, quien aparentemente se vinculaba directamente con el máximo líder del movimiento, el entonces prófugo Miguel Enríquez. Junto con Mamerto Espinoza fue detenida otra militante del MIR que posteriormente fue puesta en libertad. Según testimonios, la víctima permaneció en el recinto de la DINA de José Domingo Cañas. La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos.

 

  • Héctor Patricio Vergara Doxrud, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, militante del MAPU, 32 años de edad.

 

El 17 de septiembre de 1974 fue detenido Héctor Patricio VERGARA DOXRUD de 32 años, ingeniero civil, militante del MAPU, quien dirigía las labores de Luis Durán en la edición de un periódico clandestino, el cual se confeccionaba en buena parte en sus propias oficinas. Junto con la víctima fueron detenidos otros militantes del mismo partido que posteriormente recuperaron su libertad. La Comisión ha podido establecer, en base a los testimonios obtenidos, que Héctor Vergara estuvo detenido en José Domingo Cañas con los otros militantes del MAPU, entre ellos Luis Durán, los que luego fueron sacados y llevados a Cuatro Alamos. La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos.

 

  • Manuel Jesús Villalobos Díaz, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, militante del MIR, 22 años de edad.

 

El 17 de septiembre de 1974 fue detenido en su domicilio del centro de Santiago por agentes de la DINA, el militante del MIR Manuel Jesús VILLALOBOS DIAZ. Desde aquel entonces, no se ha vuelto a saber más del él. Los testimonios de la detención permitieron a la Comisión llegar a la convicción de que Manuel Jesús Villalobos desapareció en manos de la DINA, en violación de sus derechos humanos.

 

  • Juan Manuel Llanca Rodas, detenido desaparecido el 17-09-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 26 años de edad.

 

El 17 de septiembre de 1975 fue detenido en el domicilio de su madre en Puente Alto Juan Manuel LLANCA RODAS, de 26 años, obrero. El día anterior, junto a unos amigos, había asaltado a un suboficial del Ejército. La noche de su detención, fue llevado al regimiento de Puente Alto, según consta de las declaraciones de sus amigos y cómplices que también se encontraban recluidos en ese lugar. Estos últimos recuperaron su libertad después de cumplir sus condenas. De Juan LLANCA, sin embargo, no se ha sabido más desde el día de su aprehensión. La Comisión, tomando en consideración las pruebas y testimonios que ha logrado reunir, está convencida de que la víctima desapareció por acción de agentes del Estado, en violación de sus derechos humanos.

 

  • Pedro Juan Yáñez Palacios, asesinado el 17-09-1973, de la región de los Lagos – comuna de VALDIVIA – militante del MIR, 29 años de edad.

 

Neltume

A mediados de 1981 fue denunciada por campesinos de la zona de Neltume, Décima Región, la existencia de un campamento de guerrilleros en ese sector. Se trataba de militantes del MIR ingresados clandestinamente al país como parte de la llamada Operación Retorno, quienes intentaban establecer una base en la zona cordillerana del sur el país, donde se instalaría a futuro la dirigencia de su colectividad. A raíz de esta información se inició un intenso operativo con agentes de la CNI enviados desde Santiago y personal de Carabineros y del Ejército. En julio de 1981 fue descubierto por los efectivos de seguridad el campamento, el que se encontraba en etapa de construcción. En esa oportunidad fue incautada gran cantidad de material y documentación. El grupo huyó hacia zonas más altas, siendo seguido por los agentes. En el mes de agosto los militantes del MIR decidieron enviar a dos de sus miembros a las ciudades del llano con el fin de buscar alimentos y reanudar los contactos partidarios. Sin embargo, ellos fueron detenidos por agentes de la CNI y conducidos a Santiago. Estos detenidos revelaron el lugar en que debían juntarse con sus compañeros, y el santo y seña que debían emplear. El 13 de septiembre de 198, aprovechándose de esta información los agentes dieron muerte a Raúl Rodrigo OBREGON TORRES, técnico topográfico, cuando concurría a reunirse con sus compañeros, teniendo la Comisión la convicción de que fue ejecutado, valiéndose los agentes del conocimiento que tenían del lugar del encuentro y del santo y seña. Por lo anterior es falsa la versión oficial que en el caso de ésta, como de la mayoría de las restantes muertes, se difundió a través de comunicados por DINACOS, en donde se señaló que se produjeron a consecuencias de enfrentamientos. El 17 de septiembre fue también ejecutado por las fuerzas de seguridad Pedro Juan YAÑEZ PALACIOS, ayudante de electricista, quien se había separado del grupo debido a que se encontraba en muy malas condiciones físicas, dadas las adversidades climáticas que debían soportar, habiéndole sido amputado por sus compañeros un pie que se le había congelado y gangrenado. Este hecho le permite a la Comisión llegar a la convicción de que es altamente improbable de que haya opuesto resistencia. Por esa fecha el grupo se dividió y tres de ellos se dirigieron al sector de Remeco Alto, a casa de una pariente de uno de ellos, con el fin de obtener alimentos. Los militares fueron alertados de la presencia de estas personas por los propios moradores de la casa y los sorprendieron mientras dormían, dándoles muerte. Fallecieron así los obreros Patricio Alejandro CALFUQUIR HENRIQUEZ y Próspero del Carmen GUZMAN SOTO, en el interior de la vivienda, la que quedó totalmente destruida por los disparos. José Eugenio MONSALVE SANDOVAL, también obrero, alcanzó a huir algunos metros de la casa, siendo alcanzado y ejecutado. Le consta a la Comisión que en ninguna de estas muertes hubo resistencia previa por parte de las víctimas. Todo esto sucedió el 20 de septiembre de 1981. El 21 de septiembre fueron ejecutados los dos miembros del grupo que habían sido detenidos al principio de los hechos, de nombres René Eduardo BRAVO AGUILERA y Julio César RIFFO FIGUEROA, ambos obreros, quienes habían sido conducidos al lugar del operativo desde Santiago. En el comunicado distribuido por Dinacos no se señala la forma en que fallecieron estas personas y no se reconoce el que estaban detenidas en forma previa. Otras informaciones provenientes de la CNI dan cuenta de la detención pero señalan que habrían sido muertas al intentar darse a la fuga, versión que resulta inverosímil dado lo amplio del despliegue militar y la celosa custodia a que deben haber estado sometidos, lo que se ratifica con las omisiones del comunicado oficial. Finalmente, el 28 de noviembre de 1981 en Quebrada Honda, fue ejecutado por efectivos del Ejército, el practicante Juan Angel OJEDA AGUAYO. El relato de un testigo presencial de los hechos le hace fe a esta Comisión en el sentido que tampoco hubo realmente un enfrentamiento en esta oportunidad. Al ponderar estos casos, debe tenerse presente lo que se ha dicho en la Primera Parte, Capítulo II de este Informe. Es preciso separar claramente los hechos o intenciones que puedan imputársele a los que fueron muertos, e incluso las consideraciones sobre su peligrosidad, de la licitud o ilicitud de los actos de la autoridad en combatirlos. Desde luego, ninguna norma puede pedir que el Estado renuncie a combatir una insurgencia. Incluso más, ninguna norma puede pedirle que la combata con medios poco eficaces. Pero sí cabe exigir el cumplimiento, en toda circunstancia, de ciertas normas que regulan el empleo de la fuerza. Teniendo esto en cuenta, la Comisión considera que en los hechos de Neltume las autoridades, que ya habían detenido a dos de ellos, estuvieron en posición de aprehender a los restantes, en todos menos en uno de los casos, en lugar de darles muerte. Si Neltume quiso ser, en los deseos de sus participantes, el comienzo de una guerrilla, fue, en la práctica, dado el fracaso y lamentable estado de los militantes del MIR envueltos en esta operación, y la enorme superioridad de las fuerzas del Estado, una operación más policial que propiamente militar. Existiendo racionalmente la alternativa de una aprehensión, en cada una de las situaciones examinadas, no fue lícito optar por ejecutarlos, menos aún a quienes estaban físicamente en poder de sus captores. El único enfrentamiento real en estos hechos tuvo lugar entre Miguel CABRERA FERNANDEZ, obrero, quien cayó el 16 de octubre de 1981 en la localidad de Choshuenco al ser descubierto por carabineros y luego de producirse intercambio de tiros entre ellos. La Comisión considera que su muerte se produjo a consecuencias del enfrentamiento, y sin violación de sus derechos humanos. En todos los demás casos, y dado lo que se ha expuesto, la Comisión considera que trata de ejecuciones, en violación de los derechos humanos de los afectados.