Recordamos hoy a todas y a todos los asesinados, ejecutados políticos y detenidos desaparecidos entre los años 1973 y 1989, los días 26 y 27 de noviembre…

  • Juan Domingo Arias Quezada, asesinado el 26-11-1973, de la región Metropolitana, militante del PS, 17 años de edad.
  • Mario Francisco Zamorano Cortés, asesinado el 27-11-1973, de la región Metropolitana, militante del PS, 33 años de edad.
  • Juan Carlos Merino Figueroa, asesinado el 27-11-1973, de la región Metropolitana, militante del PS, 20 años de edad.
  • Juan Jonas Díaz López, asesinado el 27-11-1973, de la región Metropolitana, militante del PS, 24 años de edad.
  • Que Phuong Tran Huynh, asesinado el 27-11-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, edad indeterminada.

 

El 26 de noviembre de 1973, fueron ejecutadas las siguientes personas: Juan Domingo ARIAS QUEZADA, 17 años, soltero, estudiante, militante del Partido Socialista, del núcleo José Martí. Mario Francisco ZAMORANO CORTES, 33 años, soltero estudiante, militante del Partido Socialista, del núcleo José Martí. Juan Carlos MERINO FIGUEROA, militante del Partido Socialista, del núcleo José Martí. Juan Jonás DIAZ LOPEZ, 24 años, estudiante, militante del Partido Socialista de Osorno. Que Phung TRAN HUYNH, vietnamita, Doctor en bioquímica y medicina nuclear. En la madrugada del día 27 de noviembre, vecinos de El Arrayán escucharon la subida por el camino de un vehículo pesado, y alrededor de las 04:00 horas, múltiples disparos. En el transcurso del mismo día, los cuerpos sin vida de todos los señalados, fueron encontrados por un vecino en la Parcela Nº 38 de El Arrayán con una leyenda alusiva al Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), donde son sindicados como «traidores». En los respectivos protocolos de autopsia, se determinó que murieron por múltiples impactos de bala de grueso calibre. Varios de los cuerpos presentaban lesiones distintas a las provocadas por los proyectiles, tales como «escoriaciones multiformes distribuidas en la región frontal derecha», «múltiples traumatismos, en múltiples regiones del cuerpo, provocadas por cuerpos contundentes y cuerpos candentes», y «múltiples lesiones equimóticas en diversas zonas del cuerpo». Además de lo indicado, dichos protocolos indican que dos de ellos se encontraban amarrados. Según relatan familiares, de acuerdo a indagaciones realizadas por ellos, el grupo habría intentado asilarse en una embajada, siendo sorprendidos por una patrulla militar, la que los habría detenido. También según relato de familiares, uno de los afectados había sido buscado en su domicilio en los días previos por militares del Regimiento Tacna, quienes dijeron que debía presentarse en esa unidad militar. Teniendo presente que por los testimonios conocidos, y los informes de autopsia, ha quedado establecido que fueron ejecutados durante la vigencia del toque de queda, con armas de grueso calibre, y que además sus cuerpos presentaban lesiones compatibles con apremios anteriores a la muerte, y la circunstancia que al menos uno de ellos había sido buscado por efectivos militares en los días previos, a lo que se agrega la común militancia política y las características generales del período en que ocurren estos hechos, la Comisión ha llegado a la convicción que estas personas fueron ejecutadas por agentes del Estado, siendo víctimas de una grave violación de su derecho a la vida.

 

  • Grover Vicente Segundo Braniff Rojas, asesinado el 26-11-1973, de la región de Antofagasta, sin militancia, 46 años de edad.

 

Grover Vicente Braniff Rojas murió ese día a las 24:00 horas, en el Hospital Roy Glover de Chuquicamata, debido a un shock séptico producido por una herida de bala tóracica abdominal izquierda transfixiante, con estallido de colon, según se consigna en el Certificado Médico de Defunción otorgado en el mismo hospital. El 25 de noviembre, alrededor de las 22:00 horas y durante la vigencia del toque de queda, Grover Braniff salió de su casa en la ciudad de Calama en compañía de un vecino, quien posteriormente relató lo sucedido. Mientras caminaban, fueron interceptados por una patrulla militar que les ordenó detenerse; cuando ya habían obedecido y se encontraban con los brazos en alto, los uniformados les dispararon, impactando a Grover Braniff. Luego, lo trasladaron al Hospital de Chuquicamata, donde falleció. Considerando los antecedentes reunidos por esta Corporación, el Consejo Superior declaró a Grover Vicente Braniff Rojas víctima de violación de derechos humanos por agentes del Estado que hicieron un uso excesivo de la fuerza.

 

  • Mario Fernández González, detenido desaparecido el 26-11-1973, de la región del Biobío, sin militancia, 26 años de edad.

 

El 26 de septiembre de 1973 fue detenido por carabineros de Ninhue y militares, en la pensión en que residía en el fundo Torrecillas, Mario FERNANDEZ GONZALEZ, 25 años, capataz en la mina Antártica de propiedad de Lota Green. Testigos presenciales señalaron que la detención se produjo porque en la mina habían explosivos, situación que es normal en este tipo de faenas. Según averiguaciones hechas por los familiares, el afectado habría sido entregado por sus aprehensores a Carabineros de Quirihue, y por éstos a los de Chillán. En la Comisaría de esta última ciudad se dijo a los familiares que había sido enviado al Regimiento de Los Ángeles, lo que resultó no ser efectivo. Desde la fecha de su arresto no se tuvo más conocimiento de su paradero y suerte. Estando acreditada su detención por testimonios verosímiles y no habiendo tomado contacto con su familia ni realizado gestión alguna ante organismos del Estado, esta Comisión se ha formado la convicción que Mario Fernández fue hecho desaparecer forzadamente por agentes del Estado, violando sus derechos humanos.

 

  • Francisco Rafael González Morales, asesinado el 26-11-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 22 años de edad.

 

Francisco Rafael González Morales murió ese día a las 16:30 horas por asfixia por ahorcamiento, en un Cuartel de Investigaciones, según acredita el Certificado de Defunción ratificado por el Protocolo de Autopsia. De acuerdo con la declaración de la novia de Francisco González, la tarde del 25 de noviembre fue detenida por un funcionario de la Policía de Investigaciones, cuando ambos ingresaban a un cine en el centro de Santiago. En el Cuartel Central de esa Policía le informaron que sería dejado en libertad al día siguiente, una vez que chequearan algunos antecedentes que investigaban sobre un delito común. Posteriormente avisó lo sucedido a los familiares de su novio, quienes ese mismo día se comunicaron con el recinto policial recibiendo idéntica respuesta. Al día siguiente, cuando concurrieron a la Unidad mencionada, se enteraron que Francisco González no aparecía ingresado como detenido; tampoco obtuvieron información acerca del hecho de su detención y de su paradero. Durante los siguientes diez días estuvieron insistiendo en ese lugar para que se les informara de su paradero sin obtener ninguna explicación. Sólo debido a su insistencia y a la desesperación por la falta de noticias, un detective, en forma muy reservada y extraoficial, les dijo que el funcionario aprehensor pertenecía a la unidad policial de la comuna de Ñuñoa. En este último recinto, tras requerir información reiteradamente, se les comunicó que Francisco González había muerto por ahorcamiento, al día siguiente de su detención, en el interior de un calabozo del recinto. En la investigación judicial instruida se realizó una Inspección Personal del Tribunal a la unidad policial, en la que se dejó constancia de que Francisco González aparecía ingresado recién el 26 de noviembre de 1973, a las 11:05 horas y que en los libros respectivos no se había anotado si lo habían sometido a interrogatorios ni tampoco la hora en que ingresó al calabozo donde murió. El proceso judicial fue sobreseído temporalmente, por estimar el Tribunal que no había indicios de haberse cometido un delito o un cuasidelito.El Consejo Superior, teniendo presente las acciones reiteradas de ocultamiento de la detención y posterior muerte de Francisco Rafael González Morales por parte de agentes del Estado, llegó a la convicción de que ésta, hubiera sido o no por suicidio, fue una consecuencia directa de la forma de actuación de aquellos agentes mientras lo mantenían privado de libertad. Por tal razón, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.

 

  • Francisco Javier Santoni Díaz, detenido desaparecido el 26-11-1973, de la región de Coquimbo, sin militancia, 27 años de edad.

 

Francisco Javier Santoni Díaz desapareció ese día, después que fuera sacado del Centro Penitenciario de La Serena, donde se encontraba detenido, por militares del Regimiento «Arica» de esa ciudad. En noviembre de 1973, Francisco Santoni cumplía condena por un delito común en el penal de La Serena. En dicho lugar desempeñaba un rol dirigente de las actividades que desarrollaban los presos. Como lo certificó la Dirección Nacional de Gendarmería de Chile, el 26 de noviembre de 1973, egresó de ese recinto carcelario por «disposición del Regimiento Arica». Desde ese momento se encuentra desaparecido. De acuerdo con las declaraciones de testigos que se encontraban detenidos por motivos políticos en dicho Regimiento, los días previos a su desaparición fueron reiteradamente interrogados acerca de un intento de fuga que Francisco Santoni estaría planificando realizar. Considerando los antecedentes reunidos y las investigaciones realizadas por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Francisco Javier Santoni Díaz, encontrándose detenido por agentes del Estado, fue hecho desaparecer. Por tal razón, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.

 

  • Luis Antonio Abarca Sánchez, asesinado el 27-11-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 22 años de edad.

 

El 27 de octubre de 1973, fue ejecutado Luis Antonio ABARCA SANCHEZ, 22 años, obrero. El afectado fue detenido en presencia de testigos por efectivos de Carabineros en la población La Victoria, la noche del día 26 de octubre, en circunstancias que venía de una fiesta en compañía de otras personas. Pocos días más tarde, su familia encontró su cuerpo sin vida en Instituto Médico Legal en Santiago, habiéndose constatado su fallecimiento por ese servicio a causa de 20 impactos de bala, según da cuenta el respectivo protocolo de autopsia. Atendido que las últimas noticias disponibles de Abarca, corresponden al momento de su detención por parte de efectivos policiales, y que su muerte se produce algunas horas después de ese hecho, esta Comisión se formó convicción en el sentido que fue ejecutado por agentes del Estado, en violación de su derecho a la vida.

 

  • Juan Carlos Cabezas Castro, asesinado el 27-11-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 20 años de edad.

 

Juan Carlos Cabezas Castro murió ese día a las 3:50 horas, en el Hospital Barros Luco, por herida de bala cráneo encefálica, como acredita el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con declaraciones de testigos, el 25 de noviembre de 1973, alrededor de las 22:45 horas, Juan Carlos Cabezas salió de su domicilio ubicado en la comuna de La Granja, actualmente comuna de San Ramón, en dirección a la casa de un amigo que vivía en el mismo sector, adonde alcanzó a llegar con una herida en la cabeza. A este testigo le relató que había sido herido por disparos efectuados por una patrulla militar que circulaba por el sector. Trasladado al Hospital Barros Luco Trudeau, falleció 48 horas después. El Consejo Superior, pese a no haber comprobado las circunstancias en que Juan Carlos Cabezas Castro fue herido, considerando la época y la causa de la muerte, llegó a la convicción de que fue una víctima de la violencia política imperante.

 

  • Luis Armando Horn Roa, detenido desaparecido el 27-11-1973, de la región de la Araucanía, militante del PS, 35 años de edad.

 

Luis Armando Horn Roa, militante del Partido Socialista, fue arrestado ese día, en el domicilio de sus suegros en Palahuenco, por una patrulla de la Fuerza Aérea, y desde entonces permanece desaparecido. De acuerdo con lo relatado por la cónyuge, Luis Horn fue detenido después del 11 de septiembre de 1973 por militares y permaneció recluido cerca de dos meses en la Cárcel de Lautaro, en la Cárcel de Valdivia y en la Cárcel de Victoria. Una vez que recobró la libertad, y por el temor a una nueva detención, junto a su cónyuge y sus hijos se refugió en la casa de sus suegros, en la localidad de Palahuenco. Según testigos presenciales, en este último lugar, el 27 de noviembre de 1973, a las 22:00 horas, fue detenido por efectivos de la FACH que lo trasladaron a un recinto desconocido. A pesar de la intensa búsqueda realizada por los familiares, nunca pudieron ubicarlo. El 17 de septiembre de 1973 se inició en el Juzgado de Letras de Lautaro un proceso en contra de Luis Armando Horn Roa por presunta infracción a la ley de Control de Armas. El 8 de octubre de ese año la causa fue remitida a la Fiscalía Militar de Valdivia, sin que se conozca el resultado final del proceso. Considerando los antecedentes reunidos, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Luis Armando Horn Roa fue detenido por agentes del Estado y desapareció mientras lo mantenían en esa calidad, lo que constituye una violación de derechos humanos.

 

  • Claudio Guillermo Silva Peralta, detenido desaparecido el 26-11-1974, de la región Metropolitana, militante del MIR, 23 años de edad.
  • Fernando Guillermo Silva Camus, detenido desaparecido el 27-11-1974, de la región Metropolitana, vinculado al MIR, 60 años de edad.

 

El 26 de noviembre de 1974 fue detenido en la vía pública en la comuna de Ñuñoa, el militante del MIR Claudio Guillermo SILVA PERALTA, por agentes de la DINA. Al día siguiente los mismos agentes detuvieron a su padre, Fernando Guillermo SILVA CAMUS, en su domicilio. Según testigos, padre e hijo permanecieron en el recinto de la DINA de Villa Grimaldi desde donde desaparecieron. La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos.

 

  • Rudy Cárcamo Ruiz, detenido desaparecido el 27-11-1974, de la región del Biobío, militante del MIR, 28 años de edad.

 

El 27 de noviembre de 1974, fue detenido en su domicilio de la ciudad de Talcahuano, por civiles que se identificaron como miembros de Investigaciones, Rudy CARCAMO RUIZ, militante del MIR. Permaneció detenido en la base Naval de Talcahuano, desconociéndose hasta el día de hoy su paradero. Por lo anterior la Comisión considera a Rudy Cárcamo víctima de una desaparición forzada imputable a agentes del Estado, quienes así violaron sus derechos humanos.

 

  • Félix Santiago de la Jara Goyeneche, detenido desaparecido el 27-11-1974, de la región Metropolitana, militante del MIR, 24 años de edad.

 

El 27 de noviembre de 1974 agentes de la DINA detuvieron en la vía pública en la zona norte de Santiago al militante del MIR Felix Santiago DE LA JARA GOYENECHE. El detenido desapareció en poder de la DINA siendo visto por testigos en el recinto de la Venda Sexy. La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos.

 

  • Ricardo Delfín Ruz Zañartu, asesinado el 27-11-1979, de la región Metropolitana, militante del MIR, 34 años de edad.

 

El 27 de noviembre de 1979 murió el profesor Ricardo Delfín RUZ ZAÑARTU, militante del MIR, en circunstancias que se realizaba un control vehicular por parte de Carabineros en calle Pedro de Valdivia esquina Las Encinas en Santiago. El se percató de esta situación y trató de huir en el taxi en que se movilizaba, produciéndose en ese momento el enfrentamiento con los policías que le causó la muerte. La Comisión ha llegado a la convicción de que Ricardo RUZ es una víctima de la violencia política.

 

  • Pablo Marcelo Robles Ortega, asesinado el 26-11-1989, de la región Metropolitana, sin militancia, 16 años de edad.

 

El sábado 26 de noviembre de 1989 a las 21:00 horas, Pablo Marcelo ROBLES ORTEGA, de 16 años, sin militancia política, junto a un primo compraron en una botillería del sector La Obra, una botella de licor para ir a una fiesta. En ese momento se produjo un corte de luz, al parecer a raíz de una explosión, por lo que un amigo les aconsejó que no pasaran por el sector donde está el monolito. Sin embargo, para volver a la casa de su primo, era necesario caminar por ese lugar, y cuando pasaron por allí, sintieron un impacto y cayeron heridos ambos, muriendo el joven Robles a los pocos minutos. La Comisión, considerando los antecedentes revisados, ha llegado a la convicción de que Pablo Robles es víctima de la violencia política.