Recordamos a todos los camaradas asesinados, ejecutados, detenidos y desaparecidos un 19, 20, 21 y 22 de Junio

  • Guadalupe del Carmen Chamorro Leiva, asesinado el 19-06-1986, de la región Metropolitana, sin militancia, 18 años de edad.
(El 13 de junio de 1986 , en el marco de una manifestación estudiantil en contra de la municipalización de la enseñanza en la Carretera Panamericana Norte (Santiago), resultó muerta Guadalupe del Carmen CHAMORRO LEIVA, 18 años de edad, asesora del hogar, a causa de un «traumatismo cráneo encefálico por bala». Las versiones conocidas por la Comisión dan cuenta de varias hipótesis sobre el origen de los disparos. Sin perjuicio de ellas, a esta Comisión le asiste la convicción que Guadalupe del Carmen Chamorro cayó producto de la violencia política que caracterizó el período).
  • Pedro de Nazaret González Valderia, asesinado el 20-06-1981, de la región Metropolitana, sin militancia, 18 años de edad.
(Pedro de Nazaret González Valdería murió ese día, en el recinto de las Fábricas y Maestranzas del Ejército (FAMAE), por un traumatismo torácico por bala, según consigna el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con antecedentes obtenidos del proceso judicial instruido, el día de los hechos, alrededor de las 14:30 horas, Pedro González se subió con una muralla de FAMAE con la intención de sacar algunas hojas de eucaliptus que había en el recinto militar pero cuyas ramas crecían hacia la calle. En esas circunstancias, recibió un impacto de bala disparada por un soldado conscripto que se encontraba de centinela en una garita en el interior de dicho recinto, quien actuó sin previa advertencia. González Valdería murió de inmediato. La Segunda Fiscalía Militar de Santiago instruyó un proceso para investigar los hechos, el que fue sobreseido total y temporalmente por estimar el juez militar que no existían los antecedentes que permitieran establecer la comisión de algún delito. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior declaró a Pedro de Nazaret González Valdería víctima de violación de derechos humanos por agentes del Estado que hicieron uso indebido de la fuerza).
  • Juan Francisco Avila Garay, asesinado el 20-06-1984, de la región Metropolitana, sin militancia, 32 años de edad.
(El 21 de junio de 1984, murió Iván Francisco AVILA GARAY, 32 años, ayudante de conductor de Ferrocarriles del Estado. Mientras el Frente Patriótico Manuel Rodríguez realizaba un acto de propaganda armada, un grupo de aproximadamente quince a veinte personas, miembros de dicha organización, detuvieron el Tren expreso a Linares. Avila Garay intentó desarmar a uno de los asaltantes, siendo herido de muerte por otro de los sujetos. Durante la realización del acto se desplegaron lienzos, se distribuyeron panfletos y se leyó un manifiesto alusivo al aniversario de la organización. En forma simultánea se realizó una acción similar en la ciudad de Valparaíso de parte del mismo movimiento. El informe de autopsia concluyó que la causa de la muerte fueron los traumatismos torácico abdominal y raquimedular dorsal por bala, con salida de proyectil y anemia aguda. Los antecedentes aportados revelan la inobjetable la motivación política de los hechos;y que en dicha acción se actuó sobre seguro en contra del afectado que se encontraba indefenso. La Comisión ha llegado a la convicción que Iván Francisco Avila Garay fue muerto por miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez quienes violaron sus derechos humanos).
  • Luis Alberto Jorquera Jorquera, asesinado el 21-06-1974, de la región de Antofagasta, sin militancia, 47 años de edad.

(El 21 de junio de 1974 falleció Luis Alberto JORQUERA JORQUERA, tornero, Presidente del Sindicato de Torneros Mecánicos de Soquimich. Fue detenido a mediados de 1974 en su lugar de trabajo por civiles en Tocopilla. Estuvo privado de su libertad en la Comisaría de esa ciudad, siendo posteriormente trasladado a Antofagasta, donde habría sido visitado por un familiar. A fines de junio les fue informado el fallecimiento, mostrando el cuerpo huellas de violencia. La Comisión se formó la convicción de que Luis Alberto Jorquera es víctima de violación a los derechos humanos, habiendo muerto a consecuencia de las torturas que le infligieron agentes estatales).
  • Spiro Adrián Coidan Leiva, asesinado el 21-06-1975, de la región de Valparaíso, sin militancia, 49 años de edad.
(Spiro Adrián Coidán Leiva murió ese día a las 8:45 horas, en el Hospital Van Buren, por una fístula gastroduodenal externa y úlcera duodenal perforada y sangrante operada, según lo acredita el Certificado de Defunción. Según familiares y testigos, Spiro Coidán, simpatizante del Partido Comunista, fue detenido el 5 de diciembre de 1973 en Santiago. Dos meses después, fue enviado al Campamento de Pisagua. Según información proporcionada por compañeros de prisión, se le aplicaron torturas que le produjeron entre otras consecuencias, la fractura de un brazo y la pérdida de piezas dentales. Sometido a Consejo de Guerra, en junio de 1974 se le condenó a 911 días de relegación en la localidad de Quintay. La persona que le dio alojamiento en ese lugar declaró que permanentemente padecía de fuertes dolores estomacales. Falleció mientras cumplía la condena. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que en la muerte de Spiro Adrián Coidán Leiva tuvieron decisiva influencia las torturas y malos tratos a que fue sometido por agentes del Estado mientras estuvo detenido. En tal virtud, lo declaró víctima de violación de derechos humanos).
  • Juan Carlos Roberto Gómez Iturra, asesinado el 21-06-1979, de la región Metropolitana, militante del MIR, 27 años de edad.

(Juan Carlos Roberto Gómez Iturra murió ese día a las 9:15 horas, en el Hospital Barros Luco, por herida de bala torácico abdominal con salida de proyectil, como acredita el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con declaraciones de testigos, Juan Carlos Gómez era integrante del Comité Central del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) y ex preso político. El 21 de junio de 1979 transitaba junto con otro militante de esa organización en una camioneta robada por el sector del Matadero Lo Valledor, en Santiago, cuando se encontraron con un control policial, el que intentaron evadir. Los policías los persiguieron y cuando se disponían a detenerlos en el interior de la población Nueva Independencia, aquéllos se resistieron con armas de fuego, lo que provocó un intercambio de disparos que finalizó cuando ambos fueron reducidos. En el enfrentamiento resultó muerto el Sargento de Carabineros Nicomedes Inostroza Molina, cuyo caso fue conocido por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, quien lo declaró víctima de violación de derechos humanos. Juan Carlos Gómez, por su parte, quedó herido en una pierna y en la espalda. De acuerdo con la declaración del acompañante, ambos fueron introducidos en el vehículo policial, el que se mantuvo en el mismo lugar. Después de una hora, éste comenzó a dar gritos y golpes de pie en las puertas del furgón con el fin de que dieran pronto auxilio médico al herido que se estaba desangrando en el vehículo. Sin embargo, uno de los aprehensores, al escucharlo, abrió la puerta del furgón, preguntó que ocurría y, posteriormente, golpeó a Juan Carlos Gómez en sus heridas, provocándole un aumento de la hemorragia. Sólo una hora más tarde fue trasladado al Hospital Barros Luco, donde se constató su fallecimiento. Considerando de los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior pese a que no pudo determinar la calidad de agente del Estado del autor, llegó a la convicción de que en la muerte de Juan Carlos Roberto Gómez Iturra tuvo decisiva influencia el hecho de que no se le proporcionó atención médica oportuna y que se le golpeó cuando se encontraba herido. Por tal razón, lo declaró víctima de la violencia política).
  • Nicomedes Inostroza Molina, asesinado el 21-06-1979, de la región Metropolitana, sin militancia, 41 años de edad.
(El 21 de junio de 1979, fue muerto Nicomedes INOSTROZA MOLINA, de 42 años de edad, Sargento 1º de Carabineros, de la dotación de la 11ª Comisaría de Santiago. Alrededor de las 08:00 de la mañana en las cercanías del Matadero Lo Valledor en Santiago. El Sargento Inostroza, que se encontraba a cargo del furgón de Carabineros Z 757, y su acompañante, intentaron controlar una camioneta tripulada por miembros del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) que les pareció sospechosa. El vehículo huyó, iniciándose su persecución. Los sospechosos abandonaron la camioneta y los funcionarios policiales los siguieron a pie. Los perseguidos y carabineros dispararon sus armas. En el hecho resultó muerto el sargento Inostroza, a causa de una «herida de bala tóraco pulmonar y aórtica, sin salida de proyectil», disparada por los miembros del MIR. Por los antecedentes reunidos se concluye que: el afectado desarrollaba funciones propias de su Institución cuando, en cumplimiento de ellas, comenzó a seguir a los sujetos sospechosos; y que en dicha persecución el afectado resultó muerto por disparos hechos por militantes del MIR. Esta Comisión ha adquirido la convicción que el Sargento 1º Nicomedes Inostroza falleció como consecuencia de una violación de los derechos humanos cometida por miembros del MIR).
  • Carlos Roberto Fuentealba Herrera, asesinado el 22-06-1974, de la región del Maule, militante del PC, 29 años de edad.
(Carlos Roberto Fuentealba Herrera murió ese día a las 23:35 horas, por herida de bala penetrante en el corazón, según acredita el Certificado de Defunción. De acuerdo con antecedentes entregados por sus familiares, Carlos Fuentealba, militante comunista y dirigente sindical de la Industria Azucarera Nacional S.A. (IANSA), ingresó a la clandestinidad después que el 13 de septiembre de 1973 fuera requerido por un Bando Militar para presentarse en el Regimiento de la ciudad de Los Angeles, donde residía. Por ese motivo, sólo mantenía contactos esporádicos con su cónyuge. Una semana antes de su muerte, la cónyuge de Carlos Fuentealba fue detenida en el domicilio que éste mantenía en Talca -donde ella lo visitaba- por miembros de la Policía de Investigaciones que investigaban una infracción a la Ley de Control de Armas. Permaneció detenida 8 días y luego fue puesta a disposición de una Fiscalía Militar, que le otorgó la libertad incondicional el día 26 de junio de 1974, fecha en que se enteró de la muerte su marido. El 25 de junio de 1974 se informó a través de la prensa que la muerte de Carlos Fuentealba había ocurrido en la vía pública al resistir la acción de carabineros que procedían a detenerlo por sospechas. La información periodística agregaba que en esos momentos portaba una bolsa con una importante cantidad de dinamita. Sus familiares averiguaron que se encontraba sepultado en una fosa común del Cementerio de Talca y obtuvieron autorización de las autoridades para trasladar el cuerpo a una tumba particular. Al momento de la exhumación comprobaron que el cuerpo había sido inhumado directamente en la tierra y uno de sus hermanos -a la sazón estudiante de tercer año de medicina- observó que el cráneo de Carlos Fuentealba estaba destrozado, que el cuerpo presentaba señales de heridas cortopunzantes y que no había signos de que se le hubiera practicado la autopsia de rigor. Este familiar agregó que no pudo revisar más detalladamente el cuerpo de Carlos porque durante la diligencia estuvieron permanentemente vigilados por dos personas de civil. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Carlos Roberto Fuentealba Herrera fue detenido y ejecutado por agentes del Estado al margen de proceso legal. Por ello, lo declaró víctima de violación de derechos humanos).
  • Felix Alberto Mendoza Toro, asesinado el 22-06-1987, de la región Metropolitana, sin militancia, 33 años de edad.
(Félix Alberto Mendoza Toro murió ese día a las 12:00 horas, en el Hospital Barros Luco, por un traumatismo torácico abdominal por bala, según consta en el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con las declaraciones de testigos presenciales, la noche del 22 de junio, Félix Mendoza junto con dos amigos se trasladaban en un vehículo por avenida La Feria con pasaje Nueve Sur, en la población José María Caro. Repentinamente y sin advertencia alguna, fueron impactados por una ráfaga de metralleta, efectuada por una patrulla de Carabineros que realizaba un control vehicular dispuesto a raíz de un ataque extremista sufrido por la Subcomisaría del sector. Tras los disparos, los funcionarios policiales se acercaron al automóvil y conminaron a los ocupantes a descender, percatándose de que Mendoza Toro se encontraba herido. Fue trasladado en ambulancia al Hospital Barros Luco, donde falleció horas más tarde. En la Cuarta Fiscalía Militar de Santiago se instruyó un proceso en averiguación de los hechos, en el que se encargó reo a un funcionario de Carabineros por cuasidelito de homicidio. La causa se encontraba en trámite cuando el Consejo Superior examinó este caso. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior declaró a Félix Alberto Mendoza Toro víctima de violación de derechos humanos por agentes del Estado que hicieron uso excesivo de la fuerza).