- Eduardo Toledo Cartes, asesinado el 09-08-1974, de la región del Biobío, militante del MAPU, 36 años de edad.
Eduardo Toledo Cartes murió ese día a las 16:00 horas, en el Hospital de Los Angeles, por un shock hipovolémico, hemorragia digestiva, según consigna el Certificado Médico de Defunción suscrito por un médico de ese recinto asistencial. Según declaraciones de familiares y testigos, el 19 de septiembre de 1973, alrededor de las 18:00 horas, Eduardo Toledo, militante del Movimiento de Acción Popular (MAPU) y dirigente de la Unidad Popular en esa localidad, fue detenido por Carabineros al llegar a su domicilio, cuando regresaba del Hospital a donde había dejado a su cónyuge que estaba a punto de dar a luz. Su suegro intentó impedir la aprehensión, sin lograrlo. Permaneció detenido en un lugar desconocido durante varias horas y después fue trasladado al Regimiento de Infantería Nº 17 de Los Angeles, donde permaneció privado de libertad durante 63 días. Después fue dejado en libertad, sin cargos específicos. Durante ese tiempo, fue torturado y continuamente golpeado. En varias oportunidades fue privado de alimentación. Al menos en dos oportunidades debió atenderlo el médico del Regimiento, por su precario estado físico. Una vez recuperada su libertad, su estado de salud era crítico, por lo que debió recibir atención médica periódica. Nueve meses después falleció. Considerando los antecedentes reunidos, el Consejo Superior de esta Corporación declaró a Eduardo Toledo Cartes víctima de violación a los derechos humanos por parte de agentes del Estado, estimando que en su muerte tuvieron decisiva influencia los golpes y torturas a que fue sometido durante su reclusión.
- José Enrique Corvalán Valencia, detenido desaparecido el 09-08-1976, de la región Metropolitana, militante del PC, 46 años de edad.
- Victor Hugo Morales Mazuela, detenido desaparecido el 09-08-1976, de la región Metropolitana, militante del PC, 45 años de edad.
- Pedro Silva Bustos, detenido desaparecido el 09-08-1976, de la región Metropolitana, militante del PC, 39 años de edad.
- Jorge Orosman Salgado Salinas, detenido desaparecido el 09-08-1976, de la región Metropolitana, militante del PC, 42 años de edad.
- Mario Jesús Juica Vega, detenido desaparecido el 09-08-1976, de la región Metropolitana, militante del PC, 34 años de edad.
(El 9 de agosto de 1976 fueron detenidos cinco miembros del PC, todos los cuales permanecieron recluidos en Villa Grimaldi, desde donde se les perdió el rastro. Así, en la comuna de Maipú, fue detenido en la vía pública el dirigente sindical y dirigente regional del partido, Víctor Hugo MORALES MAZUELA. José Enrique CORVALAN VALENCIA, dirigente sindical, fue detenido en la comuna de La Granja, en el domicilio de Alfredo Sánchez, quien también fue detenido pero liberado al día siguiente. En la tarde del mismo día, fueron detenidos en las cercanías de la Vega Central Pedro SILVA BUSTOS, dirigente sindical y Secretario Político del Regional de Viña del Mar del PC y Jorge Orosman SALGADO SALINAS, ex Presidente de la Federación Provincial de Sindicatos de Trabajadores Agrícolas de Valparaíso. Finalmente, también fue detenido ese mismo día el dirigente sindical y Presidente de los obreros municipales de Renca, Mario Jesús JUICA VEGA, quien fue candidato a regidor por el PC. Todos se encuentran desaparecidos hasta la fecha. La Comisión está convencida de que sus desapariciones fueron obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos).
- José Rolando Retamal Soto, asesinado el 09-08-1980, de la región Metropolitana, sin militancia, 18 años de edad.
(José Rolando Retamal Soto murió ese día a las 11:00 horas, en la Primera Comisaría de Carabineros de Santiago, por asfixia por ahorcamiento, como acredita el Certificado de Defunción y el Protocolo de Autopsia. De acuerdo con los antecedentes de la investigación judicial iniciada por su muerte en la Primera Fiscalía Militar de Santiago, José Retamal fue detenido por sospecha el 8 de agosto de 1980 y conducido a la Primera Comisaría de Carabineros. Al otro día fue dejado en libertad a las 10:50 horas. Sin embargo, inmediatamente después de ser liberado, nuevamente fue ingresado al recinto policial e introducido a un calabozo; aproximadamente 15 minutos más tarde, fue encontrado muerto en posición de ahorcado con los cordones de sus zapatillas y un pañuelo. En la investigación se comprobó que durante esta segunda detención su ingreso no quedó registrado en el Libro de Guardia, que en el momento de ingresarlo al calabozo no le retuvieron, entre otras cosas, las prendas con las fue encontrado ahorcado y que el Oficial a cargo del recinto desconocía su permanencia como detenido. Considerando los antecedentes reunidos por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que la muerte de José Orlando Retamal Soto, hubiera sido por suicidio o no, se produjo como consecuencia de los apremios y vejaciones a que fue sometido por agentes del Estado mientras permaneció detenido y de la inobservancia por sus aprehensores de las reglas de seguridad mínima a que están obligados en el momento de mantener a una persona privada de libertad. Por tales motivos, lo declaró víctima de violación de derechos humanos).
- Alejandra del Carmen Berrios Valencia, asesinada el 09-08-1981, de la región Metropolitana, sin militancia, meses de vida.
(Alejandra del Carmen Berríos Valencia murió ese día a las 12:00 horas, en el Hospital Roberto del Río, por un traumatismo torácico por bala, como acredita el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con lo señalado por testigos presenciales, alrededor de las 8:00 horas de ese día, efectivos de Carabineros, que perseguían a presuntos delincuentes, ingresaron disparando al patio del domicilio de los padres de Alejandra Berríos, ubicado en la población Chacabuco de la comuna de Conchalí. Varios proyectiles atravesaron las paredes de madera de la vivienda, uno de los cuales alcanzó a la pequeña que dormía junto a su madre, causándole la muerte. El Consejo Superior, considerando que los funcionarios implicados usaron sus armas de fuego sin tomar en cuenta la potencia de éstas y sin prevenir las consecuencias que podrían acarrear los disparos, llegó a la convicción de que Alejandra del Carmen Berríos Valencia fue víctima de violación de derechos humanos por agentes del Estado que hicieron un uso irracional de la fuerza).
- Hugo Patricio Bravo Fuentes, asesinado el 09-08-1984, de la región Metropolitana, sin militancia, 19 años de edad.
(El 9 de agosto de 1984 se llevó a cabo una Jornada por la Vida convocada por diversas organizaciones religiosas, sociales y políticas. En ese contexto perdió la vida Hugo Patricio BRAVO FUENTES, de 19 años de edad. En horas de la noche participaba en una barricada fogata en Exequiel Fernández con Camino Agrícola (Santiago), junto a otras 80 personas. Al lugar llegó Carabineros para disolver la manifestación. Hicieron uso de sus armas de servicio. Una bala lo impactó en el cráneo y le dio muerte. Esta Comisión, en base a testimonios sobre este caso y habida cuenta del modo de proceder de la fuerza pública en otras ocasiones, presume que, no obstante la necesidad de controlar el orden público, se hizo uso de armas de fuego sin proporción, violándose los derechos humanos de Hugo Patricio Bravo).
- Manuel Jesús Moreno Quezada, asesinado el 09-08-1985, de la región Metropolitana, sin militancia, 51 años de edad.
(El 9 de agosto de 1985, con ocasión de la Jornada por la Vida murieron tres personas. Manuel Jesús MORENO QUEZADA, 51 años, comerciante, en horas de la noche, se encontraba trabajando en una botillería cuando fue alcanzado por un balazo que le atravesó la cabeza. De acuerdo a testimonios recibidos en la Comisión, el disparo fatal fue realizado por un efectivo uniformado que conducía una ambulancia. Uno de los testigos afirma que la ambulancia pasó despacio frente al local y un uniformado disparó desde ella. En oficio dirigido por el Director del Hospital Militar al Fiscal Militar se informó que se había presentado ante la guardia del Hospital Militar un agente del Estado que se desempeñaba ahí como conductor, para ponerse a disposición de las autoridades por su eventual participación en la muerte del afectado. Otros testimonios recibidos dan cuenta de que en los alrededores hubo actos de violencia y se atacó a la ambulancia, que había ido a recoger un enfermo. Sin embargo, a juicio de esta Comisión, el disparo efectuado por el conductor de la ambulancia hacia un local del sector, no procediendo de allí los ataques al vehículo, constituyó un uso excesivo de la fuerza, no obstante las circunstancias de violencia del momento. Por ende, a esta Comisión le asiste la convicción que Manuel Jesús Moreno fue víctima de una violación de su derecho a la vida, de responsabilidad de un agente del Estado que hizo un uso excesivo de la fuerza).
- Ana María Urrea Casas-Cordero, asesinada el 09-08-1985, de la región Metropolitana, sin militancia, 51 años de edad.
(Ana María URREA CASAS-CORDERO, de 32 años de edad, pasaba en un automóvil particular por la intersección de Avenida Ochagavía con Lo Ovalle (Santiago) cuando fue alcanzada por una piedra en la cabeza. Falleció pocos días después a causa de un traumatismo cráneo encefálico. Según versiones verosímiles, personas no identificadas lanzaban piedras a los vehículos que transitaban por el lugar. Una de estas piedras la impactó. La Comisión, considerando que tal tipo de acciones se produjo en el contexto de actos callejeros antigubernamentales, y teniendo en cuenta los antecedentes generales sobre otras expresiones de violencia en manifestaciones, presume que los autores violaron el derecho a la vida de Ana María Urrea por motivaciones políticas).
- Aida Rosa Vilches Urrea, asesinada el 09-08-1985, de la región Metropolitana, sin militancia, 51 años de edad.
(Aída Rosa VILCHES URREA, de 38 años de edad, dueña de casa, en la noche del 9 de agosto se encontraba en el interior de su domicilio en Villa Brasil (Santiago) cuando fue alcanzada por un balazo que le atravesó la cabeza. El cónyuge declaró que ese día se encontraban ellos dos solos en su casa, mientras en Avenida Santa Rosa se desarrollaban manifestaciones con quema de neumáticos. Sintieron una balacera. Ella se acercó a una ventana y recibió el impacto fatal. El declarante vio a carabineros realizar disparos aislados, que cesaron cuando avisó que su señora estaba herida. Otros testimonios conocidos por la Comisión dan cuenta de que también hubo disparos realizados por particulares contra los uniformados. Los antecedentes disponibles no permiten determinar con cierta seguridad si el autor fue un particular o un agente del Estado. Con todo, los hechos expuestos llevan a la Comisión a formarse la convicción que Aída Rosa Vilches cayó víctima de una situación de violencia política).