Recordamos a los tantos camaradas caídos los días 13 y 14 de Julio por la represión de Pinochet y sus cómplices civiles

  • Jaime Mauricio Buzio Lorca, detenido desaparecido el 13-07-1974, de la región Metropolitana, militante de la LIGA COMUNISTA, 21 años de edad.

(El 13 de julio de 1974 agentes de la DINA detuvieron al militante del MIR Jaime Mauricio BUZZIO LORCA cuando éste llegaba a su domicilio, en la comuna de Ñuñoa. Estuvo recluído en el recinto de Londres Nº 38. Días después de su detención fue llevado de vuelta a su domicilio, por algunos momentos. Su último rastro se encuentra en el recinto de Londres Nº38. La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos).
  • Francisco Javier Eduardo Fuentealba Fuentealba, detenido desaparecido el 13-07-1974, de la región Metropolitana, militante del MIR, 26 años de edad.

(El mismo día 14 de julio fueron detenidos en su lugar de trabajo del centro de Santiago Artemio Segundo GUTIERREZ AVILA y Francisco Javier FUENTEALBA FUENTEALBA, aparentemente vinculados al MIR. Los detenidos desaparecieron y hay antecedentes que indican que habrían permanecido en el recinto de Londres N°38. En el caso de Artemio Gutiérrez, el Ministerio del Interior reconoció su detención, indicando que estaba en el recinto de Cuatro Alamos. Luego, en enero de 1975, su nombre apareció en una noticia publicada en el Diario La Segunda, en la que se listaba a personas autorizadas para salir del país, con destino a México. Los familiares del detenido no hallaron ningún antecedente que confirmara esta información. Mucho más tarde, en 1985, el nombre de la víctima apareció en un listado de personas autorizadas para ingresar al país. Las diversas informaciones oficiales relativas a la salida del país de Artemio Gutiérrez no son verosímiles puesto que no se respaldan en ninguna documentación cierta, no agregan antecedentes precisos sobre la fecha de la supuesta salida del país ni la vía por la cual se habría realizado, y hasta la fecha, no hay ningún antecedente que avale dicha versión. La Comisión está convencida de que ambos detenidos desaparecieron por acción de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos).
  • Rafael Edgardo Poblete Carrasco, asesinado el 13-07-1974, de la región Metropolitana, sin militancia, 26 años de edad.
(Rafael Edgardo Poblete Carrasco murió ese día a las 14:00 horas, en la Posta Central de Santiago, por una herida de bala torácica abdominal, según el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con las declaraciones de testigos presenciales, en la noche del 12 de julio de 1974, Rafael Poblete y un grupo de amigos se desplazaban en un automóvil bajo la influencia del alcohol. En el puente Bulnes de Santiago sufrieron un accidente, no obstante lo cual continuaron la marcha, hasta que fueron detenidos por una patrulla militar. Los soldados los hicieron descender del vehículo, los golpearon y uno de ellos disparó su arma, hiriendo a Rafael Poblete. Momentos después, una patrulla de Carabineros que pasaba por el lugar lo trasladó a la Posta Central, donde falleció. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior declaró a Rafael Edgardo Poblete Carrasco víctima de violación de derechos humanos por agentes del Estado que hicieron uso irracional de la fuerza).
  • Abundio Alejandro Contreras González, detenido desaparecido el 14-07-1974, de la región Metropolitana, militante del MIR, 28 años de edad.

(El 14 de julio de 1974 agentes de la DINA detuvieron en su domicilio de la comuna de La Cisterna al militante del MIR Abundio Alejandro CONTRERAS GONZALEZ. En los días que siguen fueron detenidos otros dos militantes del MIR que se vinculaban con él: Germán Rodolfo MORENO FUENZALIDA y Marcos Esteban QUIÑONES LEMBACH. Germán Moreno fue detenido el 15 de julio de 1974, en calle Independencia. Dos días más tarde fue conducido a su domicilio por sus aprehensores, donde detuvieron también a Marcos Quiñones, quien había acudido a ese lugar. Hay testigos de la permanencia de los detenidos en Londres Nº38, desde donde desaparecen. En el caso de Germán Rodolfo Moreno, el Ministerio del Interior reconoció su detención por medio de un decreto que hacía referencia a su presencia en el recinto de Cuatro Alamos. Sin embargo, en su respuesta a los Tribunales el Ministerio señaló que en virtud de otro decreto el detenido había sido puesto en libertad, sin entregar mayores antecedentes ni pruebas de que ello efectivamente hubiese ocurrido. La Comisión está convencida de que estas tres personas desaparecieron por acción de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos).
  • Artemio Segundo Gutiérrez Ávila, detenido desaparecido el 14-07-1974, de la región Metropolitana, militante del MIR, 23 años de edad.

(El mismo día 14 de julio fueron detenidos en su lugar de trabajo del centro de Santiago Artemio Segundo GUTIERREZ AVILA y Francisco Javier FUENTEALBA FUENTEALBA, aparentemente vinculados al MIR. Los detenidos desaparecieron y hay antecedentes que indican que habrían permanecido en el recinto de Londres N°38. En el caso de Artemio Gutiérrez, el Ministerio del Interior reconoció su detención, indicando que estaba en el recinto de Cuatro Alamos. Luego, en enero de 1975, su nombre apareció en una noticia publicada en el Diario La Segunda, en la que se listaba a personas autorizadas para salir del país, con destino a México. Los familiares del detenido no hallaron ningún antecedente que confirmara esta información. Mucho más tarde, en 1985, el nombre de la víctima apareció en un listado de personas autorizadas para ingresar al país. Las diversas informaciones oficiales relativas a la salida del país de Artemio Gutiérrez no son verosímiles puesto que no se respaldan en ninguna documentación cierta, no agregan antecedentes precisos sobre la fecha de la supuesta salida del país ni la vía por la cual se habría realizado, y hasta la fecha, no hay ningún antecedente que avale dicha versión. La Comisión está convencida de que ambos detenidos desaparecieron por acción de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos).
  • Javier Esteban Reyes Castillo, asesinado el 14-07-1983, de la región Metropolitana, sin militancia, 27 años de edad.
(La presente categoría comprende los casos en que faltó proporcionalidad entre la fuerza empleada por la autoridad y la situación que se pretendía impedir con ella y que en principio justificaba su uso. e entre las muertes por uso excesivo de la fuerza, cabe señalar, entre otras: – Las producidas por disparos efectuados por agentes del Estado, muchas veces sin advertencia previa, en contra de transeúntes desarmados que, instintivamente, huyeron al verlos acercarse; – Las producida por formas desproporcionadas de represión, principalmente disparos, muchas veces sin advertencia previa, efectuadas por agentes del Estado en contra de personas que sólo se encontraban realizando manifestaciones públicas o repartiendo propaganda de oposición al régimen militar; – Las producidas por disparos efectuados por agentes del Estado, muchas veces sin advertencia previa, en contra de personas que sólo infringían el toque de queda, sin otra señal de peligrosidad; – Las producidas por disparos efectuados por agentes del Estado, también muchas veces sin advertencia previa, en contra de personas que eran sorprendidas mientras cometían un delito que no requería racionalmente esa medida. Es necesario señalar que las instituciones castrenses o policiales dieron de baja, en la mayor parte de estos casos, a los funcionarios comprometidos en ellos, pasando los antecedentes a los Tribunales Militares, lo que es irrelevante para los efectos de su calificación como violaciones a los derechos humanos).