Recordamos a las y los camaradas asesinados y detenidos desaparecidos por la dictadura de Pinochet, los días: 2, 3, 4 y 5 de Abril.

  • Vicente Armando Hinojosa Céspedes, Asesinado el 02-04-1974, de la Región Metropolitana, sin militancia, 19 años de edad.
(El 2 de abril de 1974 fue muerto en Santiago Vicente Armando HINOJOSA CESPEDES, comerciante ambulante, quien había sido detenido por una patrulla de militares el día 26 de marzo, siendo encontrado su cuerpo posteriormente con una herida a bala. La Comisión tiene la convicción de que la víctima fue ejecutada por agentes estatales, en violación de sus derechos humanos).
  • Bernardo Araya Zuleta, Detenido desaparecido el 02-04-1976, de la Región de Valparaíso, militante del PC, 64 años de edad.
  • María Olga Flores Barraza, Detenido desaparecido el 02-04-1976, de la Región de Valparaíso, militante del PC, 60 años de edad.

(El 2 de abril de 1976, fue detenido en su domicilio en Quintero el ex-parlamentario comunista Bernardo ARAYA ZULETA. En el mismo operativo fueron detenidos la cónyuge del afectado, María Olga FLORES BARRAZA, su cuñado Juan Flores Barraza, y sus nietos Ninoska Henríquez, Wladimir Henríquez y Eduardo Araya, todos menores de edad. Ellos fueron trasladados a un recinto de reclusión ubicado en Santiago, lugar desde el cual fueron liberados Juan Flores y los nietos de los afectados. Bernardo Araya y María Flores desaparecieron del mismo lugar unos días después, estando ambos en muy mal estado a consecuencia de las torturas, según relataron testigos. En el proceso a que dio origen la detención de los afectados, declaró un carabinero retirado, quien señaló que a mediados de marzo de 1976 llegaron hasta su domicilio dos agentes que se identificaron como de la DINA y quienes solicitaron su permiso para vigilar la casa del matrimonio Araya-Flores, lo que realizaron durante varios días. Lo anterior fue confirmado por otro Carabinero, quien concurrió hasta dicho lugar a petición de una vecina que notó la vigilancia, y a quien los agentes exhibieron sus tarjetas de identificación (Tifas). El Ministerio del Interior informó negativamente acerca de la detención de la pareja. Sin embargo, el Ministerio de Relaciones Exteriores señaló posteriormente a la Cepal que Bernardo Araya registraba salida del país con fecha 7 de abril de 1976 por el Aeropuerto Arturo Merino Benítez, y que María Flores registraba salida del territorio nacional en esa misma fecha por el paso fronterizo Los Libertadores. El 31 de agosto de 1978, el mismo Ministerio informó al tribunal que Bernardo Araya registraba salida del país en la fecha indicada por el paso Los Libertadores, y que María Flores no registraba anotaciones de viaje. Finalmente, el 10 de septiembre de 1979, el Prefecto Jefe de Policía Internacional y Extranjería informó al tribunal que ambos afectados registraban salida del territorio nacional con fecha 7 de abril de 1976 por el paso Los Libertadores. En atención a todo lo expuesto y a las versiones contradictorias de la autoridad, a más de otras versiones similares, que probaron ser falsas, la Comisión ha llegado a la convicción de que el matrimonio Araya-Flores es víctima de desaparición forzada cometida por agentes de la DINA, en violación de sus derechos humanos).
  • Simón Eduardo Yevenes Yevenes, Asesinado el 02-04-1986, de la Región Metropolitana, militante de la UDI, 42 años de edad.
(El 2 de abril de 1986, fue muerto Simón YEVENES YEVENES, de 42 años; trabajaba como comerciante y era dirigente poblacional de la Unión Demócrata Independiente (UDI) de San Joaquín. Aproximadamente a las 20:00 horas de ese día, mientras se encontraba en el local comercial de su propiedad, ubicado en Villa Brasil, Santiago, ingresó un individuo que usando un arma automática procedió a dispararle desde muy corta distancia, causándole un traumatismo cráneo encefálico y cervical, falleciendo en el mismo lugar de los hechos. Afuera había otro individuo armado que cuidaba la huída del lugar. Lo anterior consta por declaraciones de testigos e informaciones aparecidas en la prensa. Se pudo establecer en el proceso judicial que los autores del atentado eran miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez. Ello en cuanto coinciden las armas que luego fueron usadas en el asalto a la Panadería Lautaro. Por estos hechos existen personas que han sido condenadas. La Comisión se formó la convicción que Simón Yévenes fue muerto en una violación de sus derechos humanos, por militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, quienes actuaron bajo pretextos políticos).
  • Erik Patricio Juica Cortés, Asesinado el 02-04-1987, de la Región Metropolitana, sin militancia, 26 años de edad.
(El 2 de abril de 1987 se efectúo en la comuna de Conchalí una toma de terreno en la cual murió Erik Patricio JUICA CORTES, de 26 años, suplementero. En la tarde de ese día llegaron efectivos militares en camiones y procedieron a desalojar el sitio, efectuando disparos con sus armas de servicio. Por diversos testimonios y antecedentes, esta Comisión presume que, no obstante la legitimidad del desalojo de una toma ilegal, de hecho se recurrió a formas desproporcionadas de uso de la fuerza, violándose gravemente los derechos humanos de la víctima).
  • Alfredo Ernesto Rivera Rojas, Asesinado el 02-04-1988, de la Región Metropolitana, sin militancia, 35 años de edad.
(Alfredo Ernesto Rivera Rojas murió ese día a las 9:20 horas en el Hospital de Carabineros, por traumatismo facio cráneo encefálico y torácico por balas, según consigna el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con antecedentes obtenidos del proceso judicial instruido en la Justicia Militar, el suboficial de Carabineros fue atacado por dos sujetos cuando subía a un bus de la locomoción colectiva a la altura del Paradero 5 de Vicuña Mackenna. Uno de los individuos le disparó por la espalda, tras lo cual le arrebató su arma de servicio. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada, el Consejo Superior de esta Corporación declaró a Alfredo Ernesto Rivera Rojas víctima de la violencia política imperante en la época de su fallecimiento).
  • Manuel Natalio Chamorro Gómez, Detenido desaparecido el 03-04-1974, de la Región Metropolitana, simpatizante del PS, 41 años de edad.

(Manuel Natalio Chamorro Gómez fue detenido ese día alrededor de las 22:00 horas, por efectivos militares, cuando se dirigía a su trabajo. Desde entonces se encuentra desaparecido. De acuerdo con lo declarado por otros trabajadores, testigos presenciales de los hechos, Manuel Chamorro fue aprehendido por militares cuando caminaba hacia su lugar de trabajo, la fábrica textil Hirmas, ubicada en la comuna de Renca, para cumplir un turno de noche. De acuerdo a estos testigos, los militares, que se encontraban apostados en la Carretera Panamericana, lo subieron a una camioneta y partieron con rumbo desconocido. La familia realizó numerosas gestiones tendientes a ubicar su paradero, sin resultado positivo. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Manuel Natalio Chamorro Gómez fue detenido por agentes del Estado y desapareció mientras se le mantenía en esa calidad. Por tal razón, lo declaró víctima de violación de derechos humanos).
  • Gabriel Gregorio Rodríguez Alcaíno, Asesinado el 03-04-1975, de la Región Metropolitana, sin militancia, 31 años de edad.
(El 2 de abril de 1975, falleció Gabriel RODRIGUEZ ALCAINO, de 31 años de edad, chofer de la Brigada de Homicidios de la Policía de Investigaciones. Antecedentes en poder de la comisión indican que su muerte se produjo en circunstancias que este funcionario intentó detener a un grupo de militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) que pintaban un muro con consignas contrarias al Gobierno Militar en la Avenida Fernández Albano, Villa Santa Isabel, La Cisterna. El afectado recibió un «impacto de bala tóraco abdominal con compromiso visceral y salida de proyectil», que le causó la muerte mientras era intervenido quirúrgicamente en el Hospital Barros Luco. Esta Comisión se formó la convicción que el Detective Gabriel Rodríguez murió víctima de una violación de los derechos humanos, de responsabilidad de militantes del MIR que atentaron contra su vida).
  • Juan Humberto Hernández Zazpe, Detenido desaparecido el 03-04-1976, Extranjero, militante del PS, 23 años de edad.
  • Luis Gonzalo Muñoz Velásquez, Detenido desaparecido el 03-04-1976, Extranjero, militante del PS, 27 años de edad.
  • Manuel Jesús Tamayo Martínez, Detenido desaparecido el 03-04-1976, Extranjero, militante del PS, 24 años de edad.

(La represión de socialistas. Con posterioridad al golpe de estado en Argentina, de marzo de 1976, la colaboración en las detenciones y desapariciones, entre los servicios de seguridad chilenos y grupos paramilitares y militares argentinos opera en forma más sistemática. La Comisión pudo conocer el caso de colaboración en la desaparición de tres militantes del PS exiliados en Mendoza. El 3 de abril de 1976 Luis MUÑOZ VELASQUEZ, ex secretario del Seccional San Bernardo del PS y candidato a Regidor, Juan Humberto HERNANDEZ ZASPE, ex Presidente de la Federación de Estudiantes Industriales y Técnicos (Feitech) y Manuel Jesús TAMAYO MARTINEZ, sociólogo, dirigente socialista, quién trabajaba estrechamente con los miembros del Comité Central de su partido, teniendo el rol de «enlace» entre Carlos Lorca, Ricardo Lagos, también desaparecidos, y otra fracción socialista, fueron detenidos junto a otros chilenos en la vía pública, en Mendoza. Los tres eran amigos y habían llegado a la Argentina en el transcurso del año 1974, abandonando Chile donde estaban perseguidos por razones políticas. Trabajaban juntos en la empresa Modernflood de Mendoza y estaban a cargo de reorganizar una Coordinadora Socialista participando en actividades de la denominada Comisión de Consenso del PS. Según informaron varios testigos presenciales, en el operativo militar participaron fuerzas conjuntas de la Policía Federal argentina y agentes de la DINA. Hay testimonios de que los tres detenidos fueron trasladados por tierra desde Mendoza hasta Villa Grimaldi, a fines del mes de abril de 1976. La Comisión estima que los tres detenidos socialistas desaparecieron estando en poder de sus aprehensores, agentes de la DINA, en Chile, en violación de sus derechos humanos)
  • Silvio Vicente Pardo Rojas, Detenido desaparecido el 04-04-1974, de la  Región de Valparaíso, militante del MIR, 27 años de edad.
(El 4 de abril de 1974 fue detenido en Valparaíso, en la vía pública, el militante del MIR Silvio Vicente PARDO ROJAS, por agentes del Servicio de Inteligencia de la Armada. El detenido fue visto por testigos en el Cuartel Silva Palma de la Armada. Existen antecedentes de que en algún momento durante su detención Silvio PARDO fue llevado al campo de detenidos de Melinka, pero luego fue traído de regreso al Cuartel Silva Palma, lugar desde donde desapareció. La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos).
  • Gonzalo Marcial Toro Garland, Detenido desaparecido el 04-04-1974, de la Región Metropolitana, militante del MIR, 47 años de edad.
(El 4 de abril de 1974 el militante del MIR Gonzalo Marcial TORO GARLAND fue detenido en Santiago, en la vía pública, por agentes de la DINA. Durante la detención resultó herido, por lo cual fue llevado por sus captores al Hospital Militar. En ese recinto fue visto por testigos, aparentemente en grave estado. Luego desapareció sin que haya nuevos antecedentes sobre su suerte. La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos).
  • Damaso Ulises Montecinos Díaz, Asesinado el 04-04-1984, de la Región Metropolitana, sin militancia, 25 años de edad.
(Dámaso Ulises Montecinos Diaz murió ese día a las 21:25 horas, en dependencias del Hogar de Cristo, por una insuficiencia renal aguda, paraplejia secundaria a sección medular, y escaras múltiples, caquexia, según consigna el Certificado Médico de Defunción suscrito por el médico tratante. Según declararon testigos, el 15 de octubre de 1983, alrededor de la 1:00 hora, Dámaso Montecinos caminaba junto a su conviviente y su hija por calle Neptuno esquina Ingeniero Giroz, en la actual comuna de Lo Prado, donde se estaban realizando actos de protesta política. En esas circunstancias fue herido por el disparo efectuado por un sujeto de civil que descendió desde un automóvil. El proyectil le atravesó uno de los brazos y terminó su recorrido en la columna vertebral, ocasionándole lesiones en los pulmones. Fue trasladado al Hospital San Juan de Dios, donde fue sometido a varias intervenciones quirúrgicas. El 29 de noviembre de 1983 fue internado, en calidad de desahuciado, en la sala Padre Hurtado del Hogar de Cristo, donde falleció cuatro meses después. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que el atentado que sufrió Dámaso Ulises Montecinos Díaz tuvo una motivación política y que su muerte fue consecuencia de las graves lesiones que ese ataque le produjo. Por tal razón, lo declaró víctima de la violencia política imperante).
  • Bernardo del Tránsito Cortés Castro, Asesinado el 05-04-1974, de la Región de Coquimbo, militante del MIR, 20 años de edad.
(El 5 de abril de 1974 fue muerto por efectivos del Ejército Bernardo del Tránsito CORTES CASTRO, estudiante, quien fue detenido el día anterior en Coquimbo y conducido al Regimiento Arica de La Serena, donde fue visto por familiares. Al día siguiente, al concurrir ellos nuevamente se les manifestó que había sido dado de baja al intentar fugarse. Esta versión no parece convincente atendiendo las circunstancias en que se encontraba el detenido, fuertemente custodiado en un Regimiento. Ratifica la conclusión anterior el hecho de que el Ejército no haya dado explicaciones circunstanciadas de los hechos y el que hasta el día de hoy no haya sido entregado el cuerpo de la víctima a su familia. Por todo ello, la Comisión está convencida de que Bernardo Cortés fue ejecutado al margen de todo proceso por agentes estales, quienes violaron así sus derechos humanos).
  • David Orellana Apablaza, Asesinado el 05-04-1974, de la Región Metropolitana, sin militancia, 51 años de edad.
(David Orellana Apablaza murió ese día, en el Instituto de Neurocirugía, por una herida de bala cérvico medular con salida de proyectil y bronconeumonía secundaria a la herida de bala, según consta en el Certificado Médico de Defunción suscrito por un médico legista. Según antecedentes que constan en el proceso judicial instruido y elementos aportados por la familia, el 20 de marzo de 1974, alrededor de las 13:45 horas, David Orellana conducía su taxi con dos pasajeros a bordo, por avenida Los Leones hacia el sur. Al llegar a la intersección con avenida Eleodoro Yáñez, comuna de Providencia, viró a la izquierda con luz roja. Un carabinero que presenció la maniobra le ordenó detenerse. Como David Orellana no obedeció, el policía abordó otro taxi e inició su persecución, mostrando por la ventanilla su arma de servicio. El señor Orellana detuvo su vehículo y el uniformado se acercó y le disparó, impactándolo a la altura del cuello. Trasladado a un centro asistencial, falleció posteriormente. A raíz de estos hechos, se instruyó un proceso en la Fiscalía Militar de Tiempo de Guerra de Santiago; en él se condenó al carabinero autor del disparo a la pena de 100 días de reclusión militar en su grado mínimo, como autor del cuasidelito de homicidio en la persona de David Orellana. Considerando los antecedentes reunidos en la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior declaró a David Orellana Apablaza víctima de violación de derechos humanos por parte de un agente del Estado que hizo uso irracional de la fuerza).
  • Segundo Elías Llancaqueo Millán, Asesinado el 05-04-1074, de la Región de la Araucanía, sin militancia, 45 años de edad.
(El 5 de abril de 1975 fue muerto en Lautaro Segundo Elías LLANCAQUEO MILLAN, agricultor del asentamiento Juan Huelipán, quien fue sacado fuera de su casa la madrugada de ese día por personal de Carabineros e Investigaciones, quienes le dispararon. La víctima con posterioridad al golpe militar había permanecido oculta durante un año. Estos antecedentes, unidos a los de otros casos similares en que agentes funcionarios de orden dieron ilegalmente muerte a mapuches en esa zona, le permiten a la Comisión llegar a la convicción de que Segundo Llancaqueo fue ejecutado por funcionarios agentes del Estado, en violación de sus derechos humanos).