Finalizamos el mes de Marzo, recordando a los camaradas asesinados un día 31 y a los camaradas detenidos desaparecidos durante el mes, sin fecha determinada

  • Percy Max Arana Saldaña, Asesinado un 31-03-1984, de la Región Metropolitana, sin militancia, 22 años de edad.
  • Armando Antonio Rodríguez López, Asesinado un 31-03-1989, de la Región Metropolitana, sin militancia, 24 años de edad.
CASOS DE MUERTES POR USO INDEBIDO DE LA FUERZA O ABUSO DE PODER CON TOLERANCIA DE LA AUTORIDAD EN LOS QUE SE ADQUIRIÓ CONVICCIÓN. En razón de la escasez de antecedentes y elementos de juicio que se pudo reunir y de la circunstancia de tratarse de situaciones aisladas, lo que dificulta su análisis contextual, los casos de muerte por las causales indicadas reciben un tratamiento diverso al resto de los casos declarados con convicción por esta Comisión, consistente en que sólo se mencionará en esta parte del Informe el nombre de las víctimas, sin incluir una relación de cada uno de ellos. Lo dicho, sin perjuicio de su inclusión, en los mismos términos que los demás casos con convicción, en el Volumen II de este Informe. La presente categoría comprende los casos en que faltó proporcionalidad entre la fuerza empleada por la autoridad y la situación que se pretendía impedir con ella y que en principio justificaba su uso. De entre las muertes por uso excesivo de la fuerza, cabe señalar, entre otras: – Las producidas por disparos efectuados por agentes del Estado, muchas veces sin advertencia previa, en contra de transeúntes desarmados que, instintivamente, huyeron al verlos acercarse; – Las producida por formas desproporcionadas de represión, principalmente disparos, muchas veces sin advertencia previa, efectuadas por agentes del Estado en contra de personas que sólo se encontraban realizando manifestaciones públicas o repartiendo propaganda de oposición al régimen militar; – Las producidas por disparos efectuados por agentes del Estado, muchas veces sin advertencia previa, en contra de personas que sólo infringían el toque de queda, sin otra señal de peligrosidad; – Las producidas por disparos efectuados por agentes del Estado, también muchas veces sin advertencia previa, en contra de personas que eran sorprendidas mientras cometían un delito que no requería racionalmente esa medida. Es necesario señalar que las instituciones castrenses o policiales dieron de baja, en la mayor parte de estos casos, a los funcionarios comprometidos en ellos, pasando los antecedentes a los Tribunales Militares, lo que es irrelevante para los efectos de su calificación como violaciones a los derechos humanos.
  • Juan Emilio Alvial Mondaca, Detenido desaparecido durante el mes de Marzo, sin fecha determinada, de la Región Metropolitana, militante del PC, 24 años de edad.

Juan Emilio Alvial Mondaca desapareció alrededor de la tercera semana de marzo de 1974, después de ser detenido por un grupo de carabineros y civiles en la calle Matucana, en presencia de testigos. De acuerdo con los antecedentes entregados por testigos, en el momento de su desaparición Juan Alvial era un activo militante del Partido Comunista que vivía en la clandestinidad. Antes de su detención, agentes de la Policía de Investigaciones allanaron el domicilio donde funcionaba el núcleo político al cual pertenecía. La prensa de la época informó en esa oportunidad que se había capturado a una célula extremista y que el jefe de ésta -Juan Alvial- estaba prófugo. Simultáneamente, se encargó su ubicación y detención a la Quinta Comisaría Judicial de Investigaciones, imputándole participación en un asalto. A raíz de estos hechos, se instruyó un Consejo de Guerra en contra suya y de otras tres personas, por formación de células paramilitares. Una de las personas detenidas en esta investigación declaró haberlo visto con vida en junio de 1974 en el Cuartel Central de Investigaciones. Asimismo, en diciembre de ese año, un testigo calificado escuchó, mientras se encontraba detenido, que dos agentes comentaban su reciente asesinato. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Juan Emilio Alvial Mondaca fue detenido y hecho desaparecer por agentes del Estado, por lo que lo declaró víctima de violación de derechos humanos.
  • Celindo Catalán Acuña, Detenido desaparecido durante el mes de Marzo, sin fecha determinada, de la Región del BíoBío, sin militancia, 23 años de edad.

En los primeros días de marzo de 1978, en el sector de Santa Elvira, Chillán, es detenido el joven Celindo del Carmen CATALAN ACUÑA, por funcionarios de Carabineros del Retén de la Población Zañartu, de Chillán. La detención del joven Catalán, fue presenciada por familiares de la víctima. Desde esa fecha no se tienen noticias suyas. La Comisión se formó convicción de que Celindo Catalán desapareció por obra de agentes estatales, quienes violaron así sus derechos humanos.