- Raúl de la Cruz Jeréz Padilla, asesinado el 25-11-1973, de la región Metropolitana, sin militancia, 23 años de edad.
Raúl Adrián de la Cruz Jerez Padilla murió ese día a las 2:15 horas en la vía pública, por heridas múltiples de bala, como acredita el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. Según testigos presenciales, Raúl Jerez fue detenido por personal uniformado en la casa de su hermana y trasladado hasta el recinto militar ubicado en avenida General Velásquez con Portales. Sus restos fueron encontrados por su familia en el Instituto Médico Legal y entregados en una urna sellada. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Raúl Adrián de la Cruz Jerez Padilla fue ejecutado por agentes del Estado, mientras se encontraba detenido, al margen de proceso legal, hecho constitutivo de una violación de derechos humanos.
- Rubén David Arroyo Padilla, detenido desaparecido el 25-11-1974, de la región Metropolitana, militante del MIR, 24 años de edad.
El día 25 de noviembre de 1974 fue detenido en la vía pública en Santiago, por agentes de la DINA, el militante del MIR Rubén David ARROLLO PADILLA. Al día siguiente los agentes concurrieron en dos ocasiones al domicilio del detenido; en una lo trajeron consigo y en la otra procedieron a allanar el lugar. A pesar de que no hay antecedentes precisos sobre la permanencia de la víctima en recintos de detención, la Comisión ha estimado suficientes los antecedentes referidos a la detención para llegar a la convicción de que Rubén David Arrollo desapareció por acción de la DINA, en violación de sus derechos humanos.