Corte Suprema anula condena de Consejo de Guerra de Pisagua que sentenció a detenidos desaparecidos

La Corte Suprema acogió un recurso de revisión y anuló la sentencia del Consejo de Guerra de Pisagua que condenó a los detenidos desaparecidos Rodolfo Jacinto Fuenzalida Covarrubias, Juan Antonio Ruz Díaz, José Demóstenes Sampson Ocaranza y Freddy Marcelo Taberna Gallegos.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Rodrigo Biel y el abogado (I) Ricardo Abuauad, estableció la inocencia de los cuatro condenados, ya que sus condenas fueron obtenidas bajo tortura y haciendo firmar documentos en blanco.

“Que aparece demostrada la existencia de un método, patrón o sistema general de menoscabo físico o mental y de afrenta a su dignidad, al que fueron sometidos los acusados ante los Consejos de Guerra convocados, los que fueron cometidos por parte de sus interrogadores, celadores u otros funcionarios que intervinieron en el procedimiento mientras dichos inculpados eran mantenidos detenidos, todo ello con el objeto de obtener su admisión o confesión de los hechos que se les atribuían, así como para que implicaran o imputaran al resto de los procesados en los mismos hechos”, establece el fallo.

Asimismo se agrega que: “De ese modo, prescindiendo de esas confesiones y declaraciones no quedan elementos probatorios que permitieran al Consejo de Guerra alcanzar la convicción condenatoria en la sentencia objeto de revisión y, por consiguiente, las circunstancias que se han descubierto con posterioridad son de tal naturaleza que permiten establecer claramente la inocencia de los allí condenados”.

“En tales condiciones, atendida la finalidad de justicia que justifica el recurso de revisión, se hará lugar a la acción y se declarará que todo lo obrado en el proceso impugnado es nulo”, indica el fallo.

Por lo tanto, “se anula todo lo obrado en los autos Rol 4-1973 y se declara que se absuelve a don Rodolfo Jacinto Fuenzalida Covarrubias, a don Juan Antonio Ruz Díaz, a don José Demóstenes Sampson Ocaranza y, a don Freddy Marcelo Taberna Gallegos, por haber sido probada satisfactoriamente su completa inocencia”.