Recordamos a todas y a todos quienes, producto de la represión del Estado, fueron asesinados un 19 de noviembre… Caso emblemático Familia Gallardo y Gangas.

  • Enrique Segundo Molina Candia, asesinado el 19-11-1973, de la región de Valparaíso, sin militancia, 31 años de edad.

 

Enrique Segundo Molina Candia murió ese día a las 19:00 horas, en la Academia de Guerra Naval de Valparaíso, por asfixia por suspensión o ahogamiento, según consigna el Certificado de Defunción. De acuerdo con los testimonios de familiares, Enrique Molina fue detenido alrededor del 19 de septiembre de 1973, en su domicilio, y conducido a la Base Aeronaval El Belloto; luego fue trasladado a la Academia de Guerra Naval. En este lugar se impidió que fuera visitado por sus familiares. Dos meses después, en este mismo recinto, fueron informados de que se había ahorcado en su celda. Consultada por la Corporación, la Comandancia en Jefe de la Armada corroboró el hecho de la detención y el posterior suicidio de Enrique Candia, y agregó que el motivo de la detención se había debido a una investigación por delitos comunes que había en su contra. En su extracto de filiación no consta que se le hubiera procesado por delito alguno, no obstante haber permanecido detenido por más de dos meses por efectivos de la Armada. El Consejo Superior, si bien no pudo determinar las circunstancias precisas de la muerte de Enrique Segundo Molina Candia, concluyó que ésta se produjo como consecuencia directa e inmediata del aislamiento y condiciones en que se le mantuvo detenido. En consecuencia, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.

 

  • José Augusto Mora Serey, asesinado el 19-11-1973, de la región de Valparaíso, sin militancia, 28 años de edad.

 

El día 19 de septiembre de 1973, murió José Augusto MORA SEREY, 28 años, chofer de microbus, al ser impactado por disparos efectuados por personal militar durante las horas de toque de queda, mientras conducía un vehículo de la locomoción colectiva, portando el salvoconducto pertinente. La versión oficial señaló que se trataba de un extremista que había infringido la orden de alto. Esta Comisión no puede aceptar dicha versión, por estar acreditado que se trató de un grupo de personas que volvían de un día de campo; que habían solicitado el correspondiente permiso a Carabineros para circular en horas de toque de queda; y que ninguno de los pasajeros del vehículo oyó la orden de alto. Por tanto a esta Comisión le asiste la convicción que José Augusto Mora fue víctima de la violencia política del período.

 

  • Isidro Miguel Ángel Pizarro Meniconi, detenido desaparecido el 19-11-1974, de la región Metropolitana, militante del MIR, 21 años de edad.
  • Ida Amelia Vera Almarza, detenida desaparecida el 19-11-1974, de la región Metropolitana, militante del MIR, 30 años de edad.

 

Noviembre-diciembre de 1974: la Venda Sexy. En la última quincena de noviembre y la primera de diciembre de 1974, un equipo de la DINA, al parecer diferente de los que funcionaban en Villa Grimaldi, realiza una gran cantidad de detenciones de militantes del MIR, los que son mantenidos e interrogados en el recinto denominado La Venda Sexy, que funcionará todo el verano de 1975. El grueso de los detenidos de la Venda Sexy son personas muy jóvenes y la mayoría de ellos tenía vinculaciones políticas y personales con otros detenidos. Un alto porcentaje de quienes fueron detenidos en este recinto desapareció El 19 de noviembre de 1974 fueron detenidos en Santiago los amigos y militantes del MIR Ida Vera ALMARZA e Isidro Miguel Ángel PIZARRO MENICONI. Los dos detenidos desaparecieron en poder de la DINA, habiendo sido vistos en el recinto de Venda Sexy y Pizarro también en Villa Grimaldi. La Comisión está convencida de que la desaparición de ambos es obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos.

 

  • Fernando Abraham Valenzuela Ribvera, asesinado el 19-11-1974, de la región Metropolitana, militante del MIR, 39 años de edad.

 

El 19 de noviembre de 1974 fue muerto Fernando Abrahan VALENZUELA RIVERA, abogado, miembro del Comité Central del MIR, cuya muerte se vincula a la detención de la pareja Rodríguez-Castro. Según la versión de las autoridades, en momentos en que se desarrollaba un operativo para detenerlo en calle Santa Filomena de Santiago por parte de agentes de seguridad, extrajo una pistola entre sus ropas y les disparó a sus aprehensores, quienes replicaron causándole la muerte. La Comisión ha llegado a la convicción de que la versión relatada es falsa. En efecto, vecinos señalaron que estando él caminando por la calle, un individuo le gritó que se detuviera, él se dio vuelta e inmediatamente le dispararon un ráfaga de metralleta que le causó la muerte, por lo que lo considera víctima de violación a los derechos humanos, consistente en su ejecución por agentes estatales al margen de todo proceso.

 

  • Pedro Blas Cortés Jélvez, asesinado el 19-11-1975, de la región Metropolitana, militante del PC, 38 años de edad.
  • Catalina Ester Gallardo Moreno, asesinado el 19-11-1975, de la región Metropolitana, militante del MIR, 29 años de edad.
  • Alberto Recaredo Gallardo Pacheco, asesinado el 19-11-1975, de la región Metropolitana, militante del PC, 63 años de edad.
  • Luis Andrés Ganga Torres, asesinado el 19-11-1975, de la región Metropolitana, militante del MIR, 21 años de edad.
  • Mónica del Carmen Pacheco Sánchez, asesinada el 19-11-1975, de la región Metropolitana, militante del MIR, 26 años de edad.
  • Manuel Lautaro Reyes Garrido, asesinado el 19-11-1975, de la región Metropolitana, militante del MIR, 24 años de edad.

 

Casos de las familias Gallardo y Ganga.

El 17 de noviembre de 1975 se produjo un ataque armado de miembros del MIR a un grupo de soldados del Ejército en la calle Biobío de Santiago, generándose un enfrentamiento a consecuencia del cual falleció el soldado Hernán Salinas Calderón y el militante del MIR Roberto Gallardo Moreno. Al día siguiente, fueron detenidos por agentes de Investigaciones los padres de Roberto Gallardo, tres de sus hermanos, su cónyuge, y dos sobrinos menores de edad. Todos fueron conducidos al Cuartel de Investigaciones de calle General Mackenna, donde fueron interrogados y golpeados. A las 5 de la mañana del día 19, fueron liberados Ofelia Moreno, Isabel Gallardo, Guillermo Gallardo y los menores Viviana Gallardo y Alberto Rodríquez, este último de tan sólo nueve meses de edad. En ese momento a Ofelia Moreno se le informó de la muerte de su hijo Roberto y de que todos los restantes miembros de su familia serían puestos a disposición de la DINA «porque ellos sabrían que hacer.» En esa misma madrugada fue detenida Ester Torres en su domicilio junto a sus hijos Renato Mauricio y Francisco Javier, por agentes de la DINA que buscaban a su hijo Luis Andrés Ganga, quien no se encontraba en ese domicilio. Los tres detenidos fueron llevados al cuartel de Villa Grimaldi. Después de interrogar y torturar a los detenidos, los agentes se enteraron que Luis Andrés Ganga se encontraba en casa de su abuelo donde lo detuvieron llevando para ello a su madre. De vuelta en Villa Grimaldi, Ester Torres fue separada de su hijo Luis Andrés y a la mañana siguiente fue llevada a Cuatro Alamos con sus otros dos hijos detenidos. En ese lugar se le informó que Luis Andrés Ganga había escapado y se la puso en libertad. Sus otros dos hijos fueron liberados posteriormente, después de una larga reclusión. Diversas personas que se encontraban en Villa Grimaldi en la noche del 18 al 19 de noviembre relatan que esa noche fue la peor de todas las que se vivieron en ese lugar. Describen un gran movimiento de vehículos y personas y luego una sesión de interrogatorios en el jardín, en que se escuchan gritos y pedidos de los guardias de agua y aceite caliente seguidos de atroces gritos de los torturados. Testigos señalan haber visto en la mañana siguiente a dos mujeres en muy mal estado y cadáveres en el suelo, entre ellos el de un anciano. En la tarde del día 19 fue difundido al país un comunicado de la Dirección Nacional de Comunicación Social (DINACOS) en donde se dió cuenta de los hechos de la calle Bío Bío y se indicó que a partir de ellos la DINA en conjunto con Investigaciones comenzaron a realizar numerosas diligencias que permitieron seguir la pista del grupo de asaltantes hasta los cerros de la Rinconada de Maipú, donde a las 12 horas se registró un violento enfrentamiento a tiros por más de 30 minutos. En ese enfrentamiento habrían resultado muertos Catalina Ester GALLARDO MORENO, hermana de Roberto Gallardo, empleada y militante del MIR, Alberto Recaredo GALLARDO PACHECO, tornero, padre de Roberto Gallardo y de militancia Comunista, Mónica del Carmen PACHECO SANCHEZ, profesora, cónyuge de Roberto Gallardo y embarazada de tres meses, Luis Andrés GANGA TORRES, comerciante, militante del MIR, Manuel Lautaro REYES GARRIDO, obrero y Pedro BLAS CORTES JELVES, obrero, militante del Partido Comunista. En el comunicado se indicó además que uno de los extremistas habría huido y que dos agentes de seguridad habrían resultado heridos. Conforme a lo narrado anteriormente existen antecedentes suficientes para descartar la versión oficial del enfrentamiento, dado que hay evidencia de que las víctimas habían sido detenidas y llevadas a Villa Grimaldi. Además debe considerarse lo relatado por un testigo, en el sentido que presenció cuando llegaron el día en cuestión a la Rinconada de Maipú varios autos grandes con civiles y uniformados armados y varios prisioneros, a los que bajaron e hicieron correr para posteriormente balearlos. Parte del fundo en donde suceden los hechos, de propiedad de la Universidad de Chile, fue usado primeramente por la DINA y luego por la CNI desde 1973 hasta 1989. Los campesinos indicaron que era habitual el desplazamiento de agentes por todo el fundo. Por último debe agregarse que no resulta verosímil el que el grupo extremista se encontrase en esa fecha integrado por miembros del Partido Comunista y del MIR, así como el que hayan participado en una acción armada de esa naturaleza una mujer embarazada (Mónica Pacheco) y una persona de 65 años (Alberto Gallardo). Por todos estos elementos la Comisión adquirió la convicción de que todas las personas arriba indicadas fueron ejecutadas por agentes de la DINA, en violación de sus derechos humanos.

 

  • Tomás Segundo Esparza Osorio, asesinado el 19-11-1984, de la región de la Araucanía, sin militancia, 23 años de edad.

 

Tomás Segundo Esparza Osorio murió ese día a las 11:30 horas, por sofocación debida a probable ataque epiléptico, como lo acredita el Certificado de Defunción. De acuerdo con las declaraciones de familiares, en la mañana de ese mismo día, fue detenido en su domicilio junto con su hermano por efectivos de Carabineros pertenecientes a la Segunda Comisaría de Temuco, quienes los trasladaron a ambos al retén Las Quilas. Varios testigos, entre ellos el hermano sobreviviente, coincidieron en afirmar que en ese recinto policial a Tomás Esparza se le aplicó electricidad en diferentes partes del cuerpo, para obligarlo a confesar una supuesta participación en delitos que los agentes investigaban. Después de interrogarlo y apremiarlo físicamente, lo trasladaron a uno de los calabozos del recinto, donde falleció a las pocas horas. En el proceso judicial que se siguió por la muerte de Tomás Esparza, los familiares declararon que en el trámite de reconocimiento del cadáver en el Instituto Médico Legal de Temuco vieron que el cuerpo de la víctima presentaba notorias huellas de golpes, heridas en los genitales y quemaduras en manos y plantas de los pies. Por su parte, el Protocolo de Autopsia ratificó la causa de muerte y el médico legista declaró en la investigación la probabilidad de que al occiso se le hubiese aplicado electricidad en diferentes partes del cuerpo. Considerando los antecedentes reunidos por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que la muerte de Tomás Segundo Esparza Osorio se debió a las torturas y apremios ilegítimos a que fue sometido por agentes del Estado durante su detención. Por ello, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.

 

  • Gonzalo Rodrigo Muñoz Aravena, asesinado el 19-11-1985, de la región de Valparaíso, militante del PC, 19 años de edad.

 

Murió ese día a las 16:35 horas, por una anemia aguda provocada por herida penetrante torácica derecha complicada, según consta en el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. Gonzalo Muñoz, militante del Partido Comunista, se encontraba recluido en el Centro de Readaptación Social de Valparaíso desde el 8 de febrero de 1985, procesado por la Fiscalía Militar de Valparaíso por infracción a la Ley de Control de Armas. De acuerdo con declaraciones de testigos, el 19 de noviembre de 1985 fue atacado por un grupo de reos comunes de alta peligrosidad y uno de ellos lo hirió de gravedad con un arma blanca. Su fallecimiento se produjo cuando era trasladado a un centro asistencial. El autor de las lesiones, según consta en la investigación judicial realizada, fue condenado a la pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio por el delito de homicidio. La muerte de Gonzalo Muñoz se produjo en un contexto de enfrentamientos e incidentes verbales entre los reos comunes y los procesados por motivos políticos en el interior del recinto penal. Los primeros se quejaban de favoritismos que recibían los presos políticos y éstos, a su vez, exigían condiciones mínimas de espacio y seguridad para ellos, especialmente, que los separaran de los reos comunes de alta peligrosidad. Dos días antes de su fallecimiento había terminado una huelga de hambre de los presos políticos en ese penal y en otros del país, como medio de presión a sus demandas. También se había presentado semanas antes un recurso de protección con idéntico fin, el que había sido rechazado. Días después de la muerte de Gonzalo Muñoz, Gendarmería procedió a acondicionar el recinto penal de modo de mantener separados a los presos por motivos políticos del resto de la población penal. Iguales medidas fueron adoptadas en otros recintos carcelarios del país. Considerando los antecedentes reunidos, el Consejo Superior llegó a la convicción de que en la muerte de Gonzalo Rodrigo Muñoz Aravena influyeron decisivamente las condiciones de inseguridad en que se encontraban en esa época los presos políticos en los recintos penales del país, que permitían o favorecían acciones de violencia en su contra por parte de la población penal común, sin que las autoridades adoptaran las medidas necesarias para evitarlo. Por tal razón, lo declaró víctima de la violencia política.