Recordamos a Carol, Hernán, Rafael y a Miguel, asesinados, detenidos y desaparecidos un día 7 de Junio por la dictadura cívico-militar

  • Carol Fedor Flores Castillo, detenido desaparecid0 el 07-06-1976, de la región Metropolitana, militante del PC, 25 años de edad.

(En junio de 1976 desapareció Carol Fedor FLORES CASTILLO, miembro de las Juventudes Comunistas. El 5 de junio de 1974 había sido detenido por el SIFA, permaneciendo aproximadamente seis meses privado de libertad, época durante la cual pudo ser visitado por sus familiares en dos oportunidades en la Academia de Guerra de la Fuerza Aérea de Chile (AGA). Con posterioridad Carol Flores colaboró con los que habían sido sus captores en la detención de otros militantes de su partido. No obstante lo anterior, fue detenido, junto al ex agente del Comando Conjunto, Guillermo Bratti, permaneciendo ambos recluidos en la Base Aérea de Colina. Sus familiares lo vieron por última vez el día 7 de junio. Antecedentes recibidos por esta Comisión indican que habría sido ejecutado posteriormente por agentes de esa misma organización, pero su cadáver no ha sido recuperado. La Comisión tiene la convicción de que la víctima fue detenida y hecha desaparecer por agentes estatales, en violación de sus derechos humanos).
  • Hernán Soto Gálvez, detenido desaparecido el 07-06-1977, de la región Metropolitana, militante del PC, 52 años de edad.

(El 7 de junio de 1977 fue detenido Hernán SOTO GALVEZ por la DINA en la comuna de San Miguel. Según antecedentes que obran en poder de esta Comisión, su situación se relaciona estrechamente con el caso de la triple desaparición de los militantes comunistas en Buenos Aires Ricardo Ramírez, Héctor Velásquez y Alexei Jaccard como consecuencia del operativo de la DINA en Buenos Aires, en el cual los agentes encontraron el nombre de la víctima como «enlace financiero» del PC entre Argentina y Chile. No se han vuelto a tener noticias suyas. La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos).
  • Rafael de la Cruz López Leyton, asesinado el 07-06-1981, de la región de Valparaíso, sin militancia, 25 años de edad.
(Rafael de la Cruz López Leyton murió ese día, en Tierras Blancas, por herida de bala en el cráneo, según consta en el Certificado de Defunción. De acuerdo con antecedentes obtenidos del proceso judicial y declaraciones de su familia, el día de los hechos Rafael López se encontraba junto con algunos amigos en una Quinta de Recreo. Funcionarios de Carabineros de Curimón, que ingresaron con el objeto de verificar el cumplimiento de la Ley de Alcoholes, lo detuvieron, sacándolo al exterior del lugar. Rafael López intentó soltarse y escapar de sus aprehensores, y uno de ellos le disparó, impactándolo en la cabeza. En la Fiscalía Militar de San Felipe se realizó una investigación judicial de los hechos, que fue sobreseida por estimar el Juez Militar que no existían antecedentes que justificaran la comisión de algún delito. Sin embargo, la Policía de Investigaciones concluyó en su informe que la muerte de López Leyton fue consecuencia de un homicidio con arma de fuego. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior declaró a Rafael de la Cruz López Leyton víctima de violación de derechos humanos por parte agentes del Estado que hicieron uso indebido de la fuerza).
  • Miguel Eduardo Rojas Lobos, asesinado el 07-06-1988, de la región Metropolitana, sin militancia, 43 años de edad.
(El 7 de junio de 1988, Miguel Eduardo ROJAS LOBOS, 43 años, Teniente Coronel de Ejército, en trámite de retiro, y que se desempeñaba como Gerente de Finanzas de la Industria Plansa S.A, fue muerto en un atentado contra su vida ocurrido en la comuna de San Joaquín. El afectado salía en su automóvil desde las instalaciones de la industria, ubicadas en Avenida Carlos Valdovinos Nº 473, cuando un individuo se le acercó y le disparó con una escopeta recortada. Luego huyó en un taxi robado, según lo declararon a la prensa varios testigos presenciales. A consecuencia de los impactos, el afectado falleció por un traumatismo toráxico y anemia aguda, tal como lo indicó la autopsia, cuando era trasladado al Hospital de Carabineros. La Comisión tuvo en consideración que: El hecho tuvo una clara connotación política, especialmente porque el propio Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR) se lo adjudicó, justificándolo como un «ajusticiamiento»; El afectado no tuvo posibilidad racional de defensa, siendo atacado sorpresivamente. Sobre esa base, se formó convicción que Miguel Rojas fue víctima de violación de sus derechos humanos, por parte de miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez).